BOJA núm. 6 – 2009

BOJA – Boletín Oficial de la Lunes, 12 de enero de 2009. Año XXXI, Número 6
Edita: Servicio de Publicaciones y BOJA CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Secretaría General Técnica.
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1. Disposiciones generales

PÁGINA CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA
Acuerdo de 16 de diciembre de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza el gasto de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa para subvencionar a la Fundación Campus Científico-Tecnológico de Algeciras.

CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN
Orden de 23 de diciembre de 2008, por la que se convocan para 2009 las subvenciones a Entidades Locales andaluzas que, con cargo al Plan de Cooperación Municipal, concede por el procedimiento ordinario la Consejería de Gobernación, y se modifica la Orden de 12 de diciembre de 2006 reguladora de las mismas.

CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Decreto 524/2008, de 16 de diciembre, por el que se regulan las competencias y el procedimiento en materia de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y del Sector Público Andaluz.

CONSEJERÍA DE EMPLEO
Instrucción 4/2008, de 23 de diciembre, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se establecen las directrices de gestión de ayudas en el marco del plan extraordinario para la mejora de la empleabilidad de las personas demandantes de empleo establecido por la Orden de 31 de octubre de 2008 que se cita.

CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
Orden de 18 de diciembre de 2008, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de Servicios Sociales para el cuatrienio 2009-2012.

Página núm. 2 BOJA núm. 6 Sevilla, 12 de enero 2009

2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE
Resolución de 17 de diciembre de 2008, de la Viceconsejería, por la que se adjudica el puesto de libre designación convocado por Resolución que se cita.

UNIVERSIDADES
Resolución de 18 de noviembre de 2008, de la
Universidad de Granada, por la que se nombran
funcionarios de carrera de la Escala Auxiliar Admi-
nistrativa de la Universidad de Granada, por el sis-
tema de acceso libre.
19
Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la Uni-
versidad de Jaén, por la que se acuerda la integra-
ción de doña Sonia Linarejos Sánchez Andújar en
el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.
21
2.2. Oposiciones y concursos
CONSEJERÍA DE SALUD
Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la Dirección Gerencia Distrito Sanitario Bahía de Cádiz-La Janda, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de siete puestos de Coordinador de los Cuidados de Enfermería de Unidad de Gestión Clínica.
22
Resolución de 18 de diciembre de 2008, de la Dirección Gerencia del Hospital General de Riotinto, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de un puesto de Supervisor de Enfermería.
26
Resolución de 21 de noviembre de 2008, de la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario de Jaén, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura provisional de un puesto de Celador Encargado de Turno.
30
Resolución de 11 de diciembre de 2008, de la Dirección Gerencia del Hospital Virgen de la Victoria, por la que se convoca mediante el sistema de libre designación la cobertura de un puesto de Jefe de Servicio Administrativo.
34
Resolución de 11 de diciembre de 2008, de la Dirección Gerencia del Hospital Virgen de la Victoria, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de un puesto de Supervisor de Enfermería.
37
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, del Consejo
de Gobierno, por el que se otorga la concesión de
una emisora de radiodifusión sonora en ondas métri-
cas con modulación de frecuencia al Ayuntamiento
de Uleila del Campo (Almería). (PD. 13/2009).
42
Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se otorga la concesión de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia al Ayuntamiento de Cenes de la Vega (Granada). (PD. 14/2009).

Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se otorga la concesión de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia al Ayuntamiento de Güéjar Sierra (Granada). (PD. 15/2009).

Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se otorga la concesión de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia al Ayunta- miento de Badolatosa (Sevilla). (PD. 16/2009).
Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, del Consejo
de Gobierno, por el que se otorga la concesión
de una emisora de radiodifusión sonora en ondas
métricas con modulación de frecuencia al Ayunta-
miento de Mancha Real (Jaén). (PD. 17/2009).
45
Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, del Consejo
de Gobierno, por el que se otorga la concesión de
una emisora de radiodifusión sonora en ondas métri-
cas con modulación de frecuencia al Ayuntamiento
de Villanueva del Arzobispo (Jaén). (PD. 18/2009).
46
Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, del Consejo
de Gobierno, por el que se otorga la concesión
de una emisora de radiodifusión sonora en ondas
métricas con modulación de frecuencia al Ayunta-
miento de Pulpí (Almería). (PD. 19/2009).
47
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Resolución de 26 de diciembre de 2008, de la
Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de
taxis de Málaga. (PP. 4445/2008).
47
Resolución de 26 de diciembre de 2008, de la
Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de
taxis de Jaén. (PP. 4444/2008).
48
Resolución de 16 de diciembre de 2008, del Ins-
tituto de Estadística de Andalucía, por la que se
adjudican los premios a los mejores expedientes
académicos para los alumnos que hayan finali-
zado sus estudios de la Licenciatura en Ciencias
y Técnicas Estadísticas de las Universidades de
Granada y Sevilla y la Diplomatura en Estadística
de las Universidades de Granada, Jaén y Sevilla en
el curso académico 2007-2008.
49
CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA
Acuerdo de 16 de diciembre de 2008, del Consejo
de Gobierno, por el que se autoriza a la Conseje-
ría de Innovación, Ciencia y Empresa a la firma
de una Addenda al Convenio con el Ministerio de
Industria, Turismo y Comercio para el desarrollo
del Plan Avanza en materia de infraestructura de
telecomunicaciones, se aprueba el correspon-
diente compromiso de gasto y se amplía el límite
para compromisos en las anualidades 2012 a
2023, en el artículo 91 del servicio autofinanciada
del Programa 54B de la Consejería de Innovación,
Ciencia y Empresa.

Sevilla, 12 de enero 2009. BOJA núm. 6 Página núm. 3CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN
Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, del Consejo
de Gobierno, por el que se declara la urgente ocu-
pación a los efectos de expropiación forzosa, por
el Ayuntamiento de Marmolejo (Jaén), del bien y
derechos afectados por la ejecución del proyecto
«Adecuación Medioambiental del entorno del Bal-
neario de Marmolejo».
50
CONSEJERÍA DE JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Granada, por la que
se hacen públicos los listados de beneficiarios y
excluidos de las ayudas con cargo al Fondo de
Acción Social, modalidad «Médica, Protésica y
Odontológica», para el personal al servicio de la
Administración de la Junta de Andalucía, corres-
pondientes a las solicitudes presentadas durante
el mes de septiembre de 2008.
51
CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Decreto 521/2008, de 9 de diciembre, por el que se
acuerda la formulación del Plan de Ordenación del
Territorio de la aglomeración urbana de Almería.
52
Decreto 522/2008, de 9 de diciembre, por el que
se acuerda la formulación del Plan de Ordena-
ción del Territorio de la aglomeración urbana de
Huelva.
54
CONSEJERÍA DE EMPLEO
Orden de 2 de enero de 2009, por la que se garan-
tiza el funcionamiento del servicio público que
prestan los trabajadores del Ayuntamiento de La
Línea de la Concepción del sector de la limpieza,
mediante el establecimiento de servicios mínimos.
57
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Resolución de 18 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Cádiz, por la que se
acuerda la remisión del expediente administra-
tivo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo núm. Dos de Cádiz, en el recurso
contencioso-administrativo procedimiento ordina-
rio núm. 177/2008, promovido por don Vicente
Ortega Castillo y otros, y se notifica a los posibles
interesados la interposición del mismo.
58
CONSEJERÍA DE CULTURA
Resolución de 17 de diciembre de 2008, de la
Dirección General de Bienes Culturales, por la
que se incoa el procedimiento para la inscripción
como Bienes de Catalogación General de manera
colectiva en el Catálogo General del Patrimonio
Histórico Andaluz, los molinos mareales del litoral
de Huelva.
58
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE
Decreto 2/2009, de 7 de enero, por el que se
aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza
del Agua.
70
4. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
Edicto de 13 de noviembre de 2008, del Juzgado
de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola
(antiguo Mixto núm. Dos), dimanante del Pro-
cedimiento Juicio Verbal núm. 544/2008. (PD.
21/2009).
80
Edicto de 8 de julio de 2008, del Juzgado de Pri-
mera Instancia núm. Ocho de Granada, dimanante
del Procedimiento Ordinario núm. 515/2002. (PD.
22/2009).
80
5. Anuncios
5.1. Subastas y concursos de obras,
suministros y servicios públicos
CONSEJERÍA DE EMPLEO
Resolución de 30 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Málaga, por la que se
convoca concurso público para la contratación
mediante procedimiento abierto del suministro
que se cita. (PD. 23/2009).
82
CONSEJERÍA DE SALUD
Resolución de 18 de diciembre de 2008, de la
Secretaría General Técnica, por la que se anuncia
la adjudicación que se cita (Expte. 456/08).
82
CONSEJERÍA DE CULTURA
Resolución de 10 de diciembre de 2008, de la
Dirección General de Bienes Culturales, por la que
se anuncia la adjudicación definitiva de contrato.
82
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE
Resolución de 23 de diciembre de 2008, de la
Dirección General de la Cuenca Atlántica de la
Agencia Andaluza del Agua, por la que se anun-
cia procedimiento abierto para la contratación del
servicio que se cita (Expte. 108/2008/A/00). (PD.
20/2009).
83
UNIVERSIDADES
Resolución de 12 de noviembre de 2008, de la
Universidad de Málaga, por la que se hace pública
la adjudicación definitiva del contrato de conce-
sión de obra pública que se cita, Expte. VIS-COP-
01/08 -1.
83
EMPRESAS PÚBLICAS
Resolución de 18 de diciembre de 2008, de la
Agencia Pública de Puertos de Andalucía, por la
que se hace pública la adjudicación definitiva del
contrato de obras que se indica por procedimiento
abierto con varios criterios de adjudicación:
2008/000252 (OCB821).
84

Página núm. 4 BOJA núm. 6 Sevilla, 12 de enero 2009Resolución de 2 de enero de 2009, de la Agencia
Pública de Puertos de Andalucía, por la que se
anuncia la contratación de obras por el procedi-
miento abierto con varios criterios de adjudicación
que se cita (Expte. OCH735). (PD. 12/2009).
84
Anuncio de 29 de diciembre de 2008, de la Geren-
cia Provincial de Almería de la Empresa Pública
de Suelo de Andalucía, sobre rectificación de
la licitación de obras que se cita (Expte. núm.
2008/9790) (BOJA núm. 256, de 26.12.2008).
(PD. 25/2009).
85
Anuncio de 29 de diciembre de 2008, de la Geren-
cia Provincial de Granada de la Empresa Pública
de Suelo de Andalucía, sobre licitación de obras
de rehabilitación acogidas al Programa de Trans-
formación de Infravivienda. (PD. 10/2009).
85
Anuncio de 29 de diciembre de 2008, de la Geren-
cia Provincial de Granada de la Empresa Pública
de Suelo de Andalucía, sobre licitación de obras
de rehabilitación acogidas al Programa de Trans-
formación de Infravivienda. (PD. 11/2009).
85
5.2. Otros anuncios
CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA
Y EMPRESA
Anuncio de 19 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Córdoba, por el que se noti-
fica acto administrativo relativo a procedimiento
sancionador en materia de industria.
86
Anuncio de 19 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Córdoba, por el que se noti-
fica acto administrativo relativo a procedimiento
de expropiación forzosa.
86
Anuncio de 19 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Córdoba, por el que se noti-
fica acto administrativo relativo a procedimiento
sancionador en materia de Industria.
86
Anuncio de 19 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Córdoba, por el que se noti-
fica acto administrativo relativo a procedimiento
sancionador en materia de energía.
87
CONSEJERÍA DE VIVIENDA
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Anuncio de 15 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Córdoba, de Certificación
del Acuerdo y Normas Urbanísticas del Cumpli-
miento de Resolución 2.ª de la Modificación del
Plan General de Ordenación Urbanística, relativa a
Nuevos Sectores de SUO Residencial PP R-6 y R-7
«Entorno Arroyo de Las Ansaras», en el municipio
de Guadalcázar (Expediente P-70/06).
87
Anuncio de 15 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Málaga, por el que se hace
pública la Resolución de 23 de octubre de 2008,
de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provin –
cial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, rela-
tiva al Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano
del municipio de Canillas de Aceituno (Málaga)
(Expte. EM-CNA-1).
93
Anuncio de 16 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Málaga, por el que se hace
pública la Resolución de 23 de octubre de 2008,
de la Sección de Urbanismo de la Comisión Pro-
vincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
relativa al expediente de modificación de las
Normas Subsidiarias del municipio de Campillos
(Málaga), Sector UR-25 «Valsequillo» (Expte. EM-
CAMP-36).
111
Anuncio de 16 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Málaga, por el que se hace
público el Acuerdo de 28 de julio de 2008 de
la Sección de Urbanismo de la Comisión Provin-
cial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
relativo al expediente de Modificación de las
Normas Subsidiarias del municipio de Campillos
(Málaga), Sector UR-19 (uso industrial) (Expte
EM-CAMP-29).
116
CONSEJERÍA DE EMPLEO
Anuncio de 19 de diciembre de 2008, de la Direc-
ción General de Seguridad y Salud Laboral, por
el que se notifica apertura de trámite de audien-
cia en procedimiento sancionador en materia de
infracciones de Seguridad y Salud Laboral.
119
Anuncio de 19 de diciembre de 2008, de la Direc-
ción General de Seguridad y Salud Laboral, por
el que se notifican actos administrativos relativos
a procedimientos sancionadores en materia de
infracciones de Seguridad y Salud Laboral.
119
Anuncio de 19 de diciembre de 2008, de la Direc-
ción General de Seguridad y Salud Laboral, por
el que se notifica apertura de trámite de audien-
cia en procedimiento sancionador en materia de
infracciones de Seguridad y Salud Laboral.
119
Anuncio de 19 de diciembre de 2008, de la Direc-
ción General de Seguridad y Salud Laboral, por
el que se notifican actos administrativos relativos
a procedimientos sancionadores en materia de
infracciones de Seguridad y Salud Laboral.
119
CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE
Resolución de 16 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Córdoba, por la que se
modifica la relación de beneficiarios de la Resolu-
ción de 30 de septiembre de 2008, por la que se
acuerda la concesión de subvenciones en materia
de promoción comercial, correspondientes al ejer-
cicio 2008.
119
Anuncio de 19 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Córdoba, por el que se noti-
fica a la entidad interesada Resolución recaída en
el expediente sancionador en materia de Turismo
CO-30/08.
120
CONSEJERÍA DE SALUD
Resolución de 12 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Málaga, por la que se
hace público el acuerdo de inicio del expediente
sancionador en materia de Salud.
120

Sevilla, 12 de enero 2009 BOJA núm. 6 Página núm. 5Resolución de 17 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Málaga, por la que se hace
público el Acuerdo de Inicio del expediente y acto de
trámite relativo a expediente en materia de Salud.
120
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Resolución de 18 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Cádiz, por la que se
acuerda la remisión del expediente administrativo
requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Admi-
nistrativo núm. Dos de Cádiz, en el recurso conten-
cioso-administrativo procedimiento ordinario núm.
119/2008, promovido por doña Carmen González
Butrón, y se notifica a los posibles interesados la
interposición del mismo.
120
CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
Resolución de 11 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Granada, por la que se
hace pública la notificación de Resolución que no
ha podido ser notificado al interesado.
121
Resolución de 11 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Granada, por la que se
hace pública la notificación de Resolución que no
ha podido ser notificado al interesado.
121
Resolución de 3 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Málaga, por la que se
notifican actos de trámite inicial a solicitantes de
prestaciones gestionadas por esta Delegación.
121
Resolución de 3 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Málaga, por la que se
notifican actos de trámite inicial a solicitudes de
prestaciones gestionadas por esta Delegación.
122
Resolución de 3 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Málaga, por la que se notifi-
can Resoluciones de trámite inicial de expedientes
a solicitantes de prestaciones gestionadas por
esta Delegación.
122
Resolución de 3 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Málaga, por la que se notifi-
can resoluciones de trámite inicial de expedientes
a solicitantes de prestaciones gestionadas por
esta Delegación.
122
Resolución de 3 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Málaga, por la que se notifi-
can Resoluciones de trámite inicial de expedientes
a solicitantes de prestaciones gestionadas por
esta Delegación.
122
Notificación de 10 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Huelva, de Resolución
adoptada en los expedientes de protección de
menores núms. 352-2006-21-000364 y 365.
123
Notificación de 17 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Huelva, de acuerdo de
inicio del expediente de protección núm. 352-
2008-00006597-1.
123
Notificación de 17 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Huelva, de Resolución
adoptada en los expedientes de protección de
menores núms. 352-2006-21-000292 y 293.
123
Notificación de 17 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Huelva, de Resolución
adoptada en el expediente de protección de meno –
res núm. 352-2006-21-000294.
124
Anuncio de 12 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Sevilla, por el que se notifica
acto administrativo relativo a procedimiento de
determinación de cuantía
indebida en concepto
de ayuda económica por menores de tres años y
partos múltiples.
124
Anuncio de 12 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Sevilla, por el que se notifi-
can resoluciones de revocación y denegación de
la ayuda económica por menores de tres años y
partos múltiples.
124
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE
Resolución de 10 de diciembre de 2008, de la
Dirección General de Sostenibilidad en la Red de
Espacios Naturales, por la que se notifica a los
interesados la exposición del listado de incidencias
de las solicitudes de subvenciones para acciones
y actividades sostenibles en los Parques Natura-
les y Nacionales de Andalucía incluidos en la Red
Natura 2000 y sus Areas de Influencia Socioeco-
nómica, correspondientes a la convocatoria de
2008, así como el plazo para subsanación.
124
Resolución de 10 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Córdoba, por la que
se somete al trámite de información pública
el proyecto de planta de tratamiento para apro-
vechamiento de residuos de la construcción y
demolición, en el término municipal de Bujalance
(Córdoba). (PP. 4309/2008).
125
Resolución de 11 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Huelva, por la que se
somete a información pública expediente de des-
afectación del dominio público y descatalogación
de terrenos en montes públicos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
125
UNIVERSIDADES
Anuncio de 15 de diciembre de 2008, de la Uni-
versidad de Cádiz, de acuerdos de inicio de expe-
dientes de reintegro de ayudas al estudio.
125
DIPUTACIONES
Resolución de 12 de noviembre de 2008, de la
Diputación Provincial de Jaén, de rectificación de
las bases para la selección de plazas de Funciona-
rios de Carrera (BOJA núm. 170, 27.8.2008).
126
SOCIEDADES COOPERATIVAS
Anuncio de 12 de diciembre de 2008, de la
Sdad. Coop. And. Indema, de liquidación. (PP.
4311/2008).
126
Anuncio de 19 de diciembre de 2008, de la Sdad.
Coop. And. Calahonda Royale 2.ª Fase, de convo-
catoria de Asamblea General Extraordinaria. (PP.
4402/2008).
126

Página núm. 6 BOJA núm. 6 Sevilla, 12 de enero 20091. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA
ACUERDO de 16 de diciembre de 2008, del Con-
sejo de Gobierno, por el que se autoriza el gasto de
la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa para
subvencionar a la Fundación Campus Científico-Tecno-
lógico de Algeciras.
La Fundación Campus Científico-Tecnológico de Algeciras,
que se constituyó el 25 de septiembre de 2007 por las Conse-
jerías de Innovación, Ciencia y Empresa, de Empleo y de Edu-
cación, el Ayuntamiento de Algeciras y la Universidad de Cádiz,
tiene como objeto el desarrollo de un proyecto innovador que
integra el conjunto de elementos de formación, capacitación,
investigación e innovación vinculados a la industria del conoci-
miento, en una estructura funcional única que sume la forma-
ción profesional, la formación ocupacional, la educación superior
y los Centros de Innovación relativos al sector logístico portuario
y petroquímico en la comarca de Algeciras y su entorno.
La Fundación tiene por objeto promover entre sus fines
los siguientes:
– Dar una respuesta integral a las necesidades formativas
de carácter universitario, profesional y ocupacional. Una oferta
formativa integrada y pionera, de calidad, atractiva para los
estudiantes y para la generación de actividad económica, em-
presarial y productiva.
– Crear un espacio común e innovador que integre una
gestión global del conocimiento y la formación que dinamice la
actividad económica e impulse y modernice la gestión empre-
sarial de la Bahía de Algeciras.
– Dar respuesta a la demanda formativa del mercado la-
boral, en los distintos niveles, en relación a la realidad tecnoló-
gica y empresarial del entorno de la Bahía de Algeciras.
– Articular un espacio común del Sistema Ciencia-Tecnología-
Empresa vinculado al sector destacado en el entorno territorial de
Algeciras y su Bahía.
– Integrar el binomio formación-empleabilidad para la ge-
neración de empleo, innovación y el desarrollo económico y
social de la comarca.
Como se puede observar, el fomentar la Investigación y el
Desarrollo, la Innovación y el binomio Ciencia y Tecnología son
fines principales dentro de esta Fundación. A este proceso de
crear un entorno que permita la colaboración de entidades se
le da, cada vez más, una importancia decisiva para el éxito de
todas estas iniciativas regionales de desarrollo tecnológico.
Para ello, esta Fundación ha solicitado a la Consejería de
Innovación, Ciencia y Empresa una subvención para poder lle-
var a cabo unos Proyectos destinados a la Innovación Cientí-
fico-Tecnológico, con el objetivo de articular un espacio común
del Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa vinculado al sector
destacado en el entorno territoria
l de Algeciras y su Bahía, por
importe de 3.115.116,00 euros.
La subvención excepcional cuya autorización se solicita va
destinada a financiar el 100,00% de los gastos anteriormente
indicados. El importe total irá con cargo al presupuesto de la
Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, y se abonará en
las siguientes anualidades:
A P L I C A C I Ó N
AÑO SECCIÓN SERVICIO CONCEPTO
PROGRAMA
IMPORTE
2008
12
07
781
42J
2.336.367,00

2009
12
07
781
42J
778.749,00

Por todo lo anterior, y al amparo de lo dispuesto en el
párrafo tercero del artículo 104 de la Ley General de Hacienda
Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Ley 5/1983,
de 19 de julio, a propuesta del Consejero de Innovación, Cien-
cia y Empresa y previa deliberación del Consejo de Gobierno,
en su sesión del día 16 de diciembre de 2008,
ACUERDA
1. Autorizar a la Consejería de Innovación, Ciencia y
Empresa para subvencionar a la Fundación Campus Cien-
tífico-Tecnológico de Algeciras, por un importe total de tres
millones ciento quince mil ciento dieciséis euros (3.115.116
euros), para diversos Proyectos destinados a la Innovación
Científico-Tecnológica con el objetivo de articular un espacio
común del Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa vinculado al
sector destacado en el entorno territorial de Algeciras y su
Bahía.
2. Facultar al Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa
para adoptar las Resoluciones que fueren necesarias para la
puesta en práctica y ejecución del presente Acuerdo.
Sevilla, 16 de diciembre de 2008
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
FRANCISCO VALLEJO SERRANO
Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa
CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN
ORDEN de 23 de diciembre de 2008, por la que se
convocan para 2009 las subvenciones a Entidades Lo-
cales andaluzas que, con cargo al Plan de Cooperación
Municipal, concede por el procedimiento ordinario la
Consejería de Gobernación, y se modifica la Orden de
12 de diciembre de 2006 reguladora de las mismas.
PREÁMBULO
Con la Orden de 29 de diciembre de 2005 se reguló y
convocó –por primera vez de forma única– la totalidad de
las líneas de subvenciones que la Consejería de Gobernación
venía gestionando con las entidades locales andaluzas como
destinatario. Por Orden 12 de diciembre de 2006 se aproba-
ron las vigentes bases reguladoras que fueron modificadas por
la Orden de 19 de noviembre de 2007.
Con esta Orden, además de proceder a la convocatoria
para el ejercicio 2009, se modifica puntualmente la Orden de
12 de diciembre de 2006, ampliándose de dos a cuatro me-
ses el plazo de justificación del que disponen las entidades
beneficiarias, y se establece una nueva consideración de los
gastos que pueden considerarse
como realizados haciendo
uso de la posibilidad contemplada en el artículo 31.2 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En su virtud, en uso de las facultades y competencias
conferidas por el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio,
General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de

Sevilla, 12 de enero 2009
BOJA núm. 6
Página núm. 7
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalu-
cía, por el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de
Acceso Electrónico de los Ciudad
anos a los Servicios Públicos,
por el Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se esta-
blece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,
y en base a la disposición adicio
nal tercera de la Orden de 12
de diciembre de 2006,
DISPONGO
Artículo 1. Convocatoria de subvenciones para el año
2009.
Se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2009 de con-
cesión de subvenciones a Entidades Locales en las siguientes
líneas:
Línea 2 (AL2). Subvenciones destinadas a inversiones en
Entidades Locales.
Línea 5 (PM2). Subvenciones destinadas a la adquisición,
construcción, reforma, reparación, conservación y equipa-
miento de centros de personas inmigrantes.
Línea 7 (C1). Subvenciones para el funcionamiento de
servicios locales en materia de consumo.
Línea 8 (C2). Subvenciones para inversiones locales en
materia de consumo.
Línea 9 (PI1). Subvenciones para el mantenimiento de las
Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil regis-
tradas en la Consejería de Gobernación.
Línea 10 (PI2). Subvenciones para la implantación y equi-
pamiento de los Planes de Protección Civil de ámbito local, ho-
mologados por la Comisión de Protección Civil de Andalucía.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 15
de enero de 2009 al 16 de febrero de 2009, ambos inclusive.
Para esta convocatoria, la valoración a que se refiere el
artículo 8.1 de la Orden, se realizará sobre la liquidación del
presupuesto del año 2007 presentada en la Consejería de Go-
bernación por las Entidades Locales.
Para este ejercicio 2009, las subvenciones se concederán
con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
– Línea 2 (AL2): Concepto presupuestario 765.00 pro-
grama 8.1.A.
– Línea 5 (PM2): Concepto presupuestario 764.00 pro-
grama 3.1.J.
– Línea 7 (C1): Concepto presupuestario 466.00 programa
4.4.H.
– Línea 8 (C2): Concepto presupuestario 767.00 programa
4.4.H.
– Línea 9 (PI1): Concepto presupuestario 460.03 pro-
grama 2.2.B.
– Línea 10 (PI2): Concepto presupuestario 760.04 pro-
grama 2.2.B.
Artículo 2. Modificación de la Orden de 12 de diciembre
de 2006.
1. Se modifica el artículo 16.1 que queda redactado del
siguiente modo:
«Artículo 16. Justificación.
1. Cuando se trate de subvenciones de pago único del
100% de la cuantía, se justificará la misma ante el órgano con-
cedente, en el plazo de cuatro meses desde la finalización del
plazo de ejecución establecido en la resolución de concesión.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
la forma de justificación de la subvención será la aportación
de la cuenta justificativa del gasto realizada en la forma y con
el contenido que se determina en el apartado siguiente. Asi-
mismo, el gasto se acreditará mediante declaración respon-
sable.»
2. Se añade un nuevo apartado al artículo 16:
«7. Podrán considerarse gastos realizados, aunque no
hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la fina-
lización del plazo de justificación, los gastos comprometidos
mediante facturas y demás documentos de valor probatorio
equivalente sobre los que haya recaído un acto de reconoci-
miento y liquidación de la obligación.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de diciembre de 2008
CLARA E. AGUILERA GARCÍA
Consejera de Gobiernación
CONSEJERÍA DE JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO 524/2008, de 16 de diciembre, por el
que se regulan las competencias y el procedimiento en
materia de incompatibilidades del personal al servicio
de la Administración de la Junta de Andalucía y del Sec-
tor Público Andaluz.
La Comunidad Autónoma de Andalucía, según lo dis-
puesto en el artículo 76 del Estatuto de Autonomía para An-
dalucía, ostenta las competencias de desarrollo legislativo y
ejecución en materia de funció
n pública en los términos del
artículo 149.1.18.ª de la Constitución, y le corresponde la com-
petencia compartida sobre el régimen estatutario, del perso-
nal al servicio de las Administraciones andaluzas. Asimismo,
el artículo 47.1.1.ª del referido texto estatutario le atribuye la
competencia exclusiva sobre el
procedimiento administrativo
derivado de las especialidades de la organización propia de la
Comunidad Autónoma.
La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompa-
tibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas, que constituye la normativa básica estatal en la
materia, consagró el principio fundamental de la dedicación
del personal a un solo puesto o actividad pública, salvo las
excepciones establecidas, respetando el ejercicio de las ac-
tividades privadas que no impidan o menoscaben el estricto
cumplimiento de sus deberes o comprometan su imparciali-
dad o independencia. Por otra parte, de conformidad con la
disposición adicional sexta de la citada Ley, las Comunidades
Autónomas dictarán las normas precisas para la ejecución de
la misma, asegurando la necesaria coordinación y uniformidad
de criterios y procedimientos.
En el marco de la Comunidad Autónoma de Andalucía y
en desarrollo legislativo y ejecución de la legislación básica
estatal, se aprobó el Decreto 8/1985, de 22 de enero, sobre
aplicación al personal al servicio de la Administración de la
Junta de Andalucía y Organismos de ella dependientes de la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades
del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y el
Decreto 174/1989, de 18 de julio, por el que se regula el pro-
cedimiento para los reconocimientos específicos de compatibi-
lidad de proyectos y trabajos técnicos.
La puesta en marcha del Sistema Integrado de Recursos
Humanos (SIRhUS) y la experiencia obtenida desde la aproba-
ción de las citadas normas, aconsejan actualizar el régimen de
atribución de competencias y procedimiento que, en materia

Página núm. 8
BOJA núm. 6
Sevilla, 12 de enero 2009
de incompatibilidades del personal al servicio de la Administra-
ción Pública, establecen las mismas.
El presente Decreto incide directamente en el desarrollo
de la Administración Electrónica de la Junta de Andalucía, a
través de la posibilidad de la
presentación de solicitudes de
compatibilidad en el Registro telemático único de la Junta de
Andalucía creado por el Decreto 183/2003, de 24 de junio,
por el que se regula la información y atención al ciudadano y
la tramitación de procedimientos administrativos por medios
electrónicos (internet), para lo cual será necesario disponer
de la firma electrónica reconocida, de conformidad con lo es-
tablecido en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma
Electrónica.
En su virtud, de conformidad con el artículo 21.3 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comuni-
dad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de
Justicia y Administración Pública, de acuerdo con el Consejo
Consultivo y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en
su reunión del día 16 de diciembre,
DISPONGO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
El presente Decreto tiene por objeto regular las compe-
tencias y el procedimiento en ma
teria de autorización y reco-
nocimiento de compatibilidad del personal comprendido en su
ámbito de aplicación que pretenda ejercer una segunda activi-
dad pública o privada.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. El presente Decreto será de aplicación a:
a) El personal al servicio de la Administración General de
la Junta de Andalucía y de sus agencias y demás entidades de
Derecho Público.
b) El personal al servicio de las sociedades mercantiles
del sector público andaluz.
c) El personal de los consorcios y fundaciones cuyos pre-
supuestos se doten ordinariamente en más de un 50 por 100
con subvenciones u otros ingresos procedentes de la Adminis-
tración de la Junta de Andalucía o de sus agencias y demás
entidades de Derecho Público.
d) El personal docente y sanitario al servicio de la Admi-
nistración de la Junta de Andalucía, así como el personal de-
pendiente de las Universidades Públicas de Andalucía.
e) El personal al servicio de la Administración de Justicia,
perteneciente a los Cuerpos de Médicos Forenses, de Gestión
Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Adminis-
trativa y de Auxilio Judicial, que preste sus servicios en el ám-
bito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. En el ámbito delimitado en el apartado anterior, se en-
tenderá incluido todo el personal, cualquiera que sea la natu-
raleza jurídica de la relación de empleo.
Artículo 3. Autorización o reconocimiento de compatibi-
lidad.
1. El ejercicio de una segunda actividad pública o privada
requerirá, con carácter previo a su inicio, autorización o reco-
nocimiento de compatibilidad por el órgano competente, salvo
las actividades exceptuadas del régimen de incompatibilidades
en el artículo 19 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, so-
bre Incompatibilidades del personal al servicio de las Adminis-
traciones Públicas.
2. El reconocimiento de la co
mpatibilidad para el ejercicio
con carácter genérico de actividades privadas de Arquitectura,
Ingeniería u otras titulaciones, deberá completarse con otro
específico para cada proyecto, trabajo técnico o intervención
profesional que requiera licencia o resolución administrativa o
visado colegial.
3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, los reconocimientos de compa-
tibilidad no podrán modificar la jornada de trabajo y horario de
la persona interesada y quedarán automáticamente sin efecto
en caso de cambio de puesto en el sector público.
CAPÍTULO II
Competencias
Artículo 4. Competencias del Consejo de Gobierno.
Corresponderá al Consejo de Gobierno de la Junta de An-
dalucía ejercer las competencias siguientes:
a) Determinar mediante Decreto los supuestos en los que
por razón de interés público el personal incluido en el ámbito
de aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, podrá
desempeñar un segundo puesto de trabajo o actividad en el
sector público, de conformidad con el artículo 3.1 de la citada
ley.
b) Autorizar mediante acuerdo expreso la superación de
los límites que, en cómputo anual, se establecen para las re-
muneraciones en el artículo 7.1 de Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, por razones de especial interés para el servicio.
c) Autorizar excepcionalmente para supuestos concretos,
mediante acuerdo, la pertenencia a más de dos Consejos de
Administración u órganos de Gobierno a que se refiere el artícu-
lo 8, párrafo segundo, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
d) Determinar con carácter general, en el ámbito de su
competencia, los puestos del trabajo del sector público sani-
tario susceptibles de prestación a tiempo parcial, en tanto se
proceda a la regulación de esta materia por norma con rango
de Ley, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de
la disposición adicional cuarta de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre.
e) Determinar con carácter general, en el ámbito de su
competencia, los puestos de carácter exclusivamente investi-
gador de los centros públicos de investigación susceptibles de
prestación a tiempo parcial, de conformidad con lo estable-
cido en el apartado 3 de la disposición adicional cuarta de la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
Artículo 5. Competencias de la persona titular de la Conse-
jería de Justicia y Administración Pública.
La autorización, reconocimiento o denegación de la com-
patibilidad genérica o de la específica, a la que alude el artícu-
lo 3.2, del personal incluido en el ámbito de aplicación del pre-
sente Decreto, para desempeñar un segundo puesto o actividad
pública o privada, corresponderá a la persona titular de la Con-
sejería de Justicia y Administración Pública.
Artículo 6. Competencias en las Universidades Públicas
de Andalucía.
La competencia para autorizar, reconocer o denegar la
compatibilidad del personal cuyo primer puesto de trabajo
dependa de las Universidades Pú
blicas de Andalucía, corres-
ponderá a la persona titular del Rectorado, conforme a lo es-
tablecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley
7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Au-
tónoma de Andalucía para 1996.

Sevilla, 12 de enero 2009 BOJA núm. 6 Página núm. 9CAPÍTULO III
Procedimiento
Artículo 7. Instrucción de los procedimientos.
1. Las solicitudes de compatibilidad genérica y específica
se cumplimentarán en los modelos normalizados que figuran
como Anexos I, II y III al presente Decreto y se presentarán,
preferentemente, en el Registro telemático único de la Admi-
nistración de la Junta de Andalucía, a través del acceso al por-
tal www.juntadeandalucia.es, sin perjuicio de que las mismas
puedan también presentarse en los demás lugares estableci-
dos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-
bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común. Para la presentación
en el Registro telemático único, las personas interesadas de-
berán disponer de la firma electrónica reconocida, regulada
en el artículo 3.3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de
Firma Electrónica.
2. La instrucción de los pr
ocedimientos corresponderá a
la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía.
3. Los órganos responsables de la gestión de personal
de las Consejerías, organismos, entidades o centros en que la
persona interesada desempeñe su primer puesto o actividad,
facilitarán la tramitación a la persona solicitante de la autoriza-
ción o reconocimiento de compatibilidad.
Artículo 8. Informe y propuesta de resolución.
1. Cuando los puestos o actividades públicas dependan
de la Administración de la Junta de Andalucía o de cualquiera
de los organismos, entidades y centros referidos en el artículo
2, el informe preceptivo, al que se refiere el artículo 9 de la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, corresponderá al Inspector
o a la Inspectora General de Servicios responsable de la trami-
tación de los expedientes de incompatibilidad y la propuesta a
la persona titular de la Dirección General competente en mate-
ria de incompatibilidades.
La información necesaria para elaborar dichas propues-
tas e informes, se obtendrá a través del Sistema Integrado de
Recursos Humanos (SIRhUS) y, en su caso, de las Conseje-
rías, organismos, entidades y centros a los que estén adscritos
ambos puestos, que deberán facilitarla en el plazo de diez días
desde que sea recabada.
2. Cuando el primer puesto o actividad pública dependa
de otra Administración Pública y el segundo puesto o actividad
esté adscrito a la Administración de la Junta de Andalucía, el
informe preceptivo y favorable, al que se refiere el artículo 9
de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, para la concesión, en
su caso, de la autorización de compatibilidad, corresponderá
al Inspector o a la Inspectora General de Servicios responsa-
ble de la tramitación de los expedientes de incompatibilidad.
Artículo 9. Plazos de resolución.
1. Las solicitudes de compatibilidad para el desempeño
de un segundo puesto o actividad en el sector público serán
resueltas y notificadas en el plazo de tres meses.
2. Las solicitudes de compatibilidad referidas a activida-
des privadas serán resueltas y notificadas en el plazo de dos
meses.
3. El reconocimiento específico de compatibilidad para
cada proyecto, trabajo técnico o intervención profesional a que
se refiere el artículo 3.2, se resolverá y notificará en el plazo
de un mes.
Artículo 10. Silencio administrativo.
Sin perjuicio de la obligación de dictar y notificar resolu-
ción expresa, las solicitudes de compatibilidad podrán enten-
derse desestimadas por silencio administrativo si, transcurrido
el plazo máximo establecido, no se hubiera dictado y notifi-
cado la resolución, de conformidad con lo establecido en el
artículo 2.1 y el Anexo II de la Ley 9/2001, de 12 de julio, por
la que se establece el sentido del silencio administrativo y los
plazos de determinados proced
imientos como garantías proce-
dimentales para los ciudadanos.
Artículo 11. Declaración de actividades y ejercicio de opción.
1. Cuando el personal comprendido en el ámbito de apli-
cación del presente Decreto acceda por cualquier título a un
nuevo puesto del sector público, deberá formular declaración
de las actividades públicas y privadas que viniere desempe-
ñando.
2. De conformidad con el artículo 10 de la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, quienes accedan a un nuevo puesto del
sector público por cualquier título que con arreglo a la citada
Ley resulte incompatible con el que vinieran desempeñando,
habrán de optar por uno de ellos dentro del plazo de toma de
posesión.
3. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá
que optan por el nuevo puesto, pasando en el puesto que vi-
nieran desempeñando a la situación que en cada caso corres-
ponda de acuerdo con la normativa aplicable.
4. Si se tratara de puestos susceptibles de compatibili-
dad, previa autorización, deberán instarla en los diez primeros
días del plazo de toma de posesión, entendiéndose éste pro-
rrogado en tanto se notifique la resolución de compatibilidad.
Artículo 12. Prevención y control.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20.3 de
la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, los órganos a los que
competa la dirección, inspección o jefatura de los diversos ser-
vicios en las Consejerías, organismos, entidades y centros do-
centes y sanitarios públicos dependientes de la Administración
de la Junta de Andalucía, cuidarán bajo su responsabilidad de
velar por el cumplimiento de la normativa sobre incompati-
bilidades en que pueda incurrir el personal a su cargo. Todo
ello,sin perjuicio de la intervención de la Inspección General
de Servicios de la Junta de Andalucía en la coordinación e im-
pulso del control de las incompatibilidades.
Artículo 13. Régimen disciplinario.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20.1 de la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre,
el incumplimiento de lo dis-
puesto en la citada Ley será sancionado conforme al régimen
disciplinario de aplicación, sin perjuicio de la ejecutividad de la
incompatibilidad en que se haya incurrido.
Artículo 14. Comunicaciones.
De conformidad con el artículo 18 de la Ley 53/1984, de
26 de diciembre, las resoluciones de compatibilidad que se
concedan se comunicarán, por la Dirección General compe-
tente en materia de incompatibili
dades, a la Dirección General
de la Función Pública de la Consejería de Justicia y Adminis-
tración Pública, para su inscripción en el Registro General de
Personal, la cual será requisito indispensable, en los casos
de desempeño de un segundo puesto o actividad en el sec-
tor público, para que puedan acreditarse haberes por dicho
puesto o actividad. Asimismo, comunicará dichas resoluciones
a la Consejería, organismo, entidad, centro o Administración
Pública en que la persona interesada desempeñe el primer
puesto o actividad y, en su caso, aquélla en la que vaya a
desempeñar el segundo puesto o actividad.
Disposición adicional única. Información a través de inter-
net y órganos responsables de personal.
1. Con objeto de fomentar el conocimiento de la nor-
mativa de incompatibilidades del personal al servicio de la
Administración de la Junta de Andalucía y del sector público
andaluz, en la página web de la Consejería de Justicia y Admi-
nistración Pública se insertará la normativa correspondiente a
esta materia.

Página núm. 10
BOJA núm. 6
Sevilla, 12 de enero 2009
2. Los órganos responsables de la gestión de personal
de las Consejerías, organismos, entidades y centros docentes
y sanitarios públicos dependientes de la Administración de la
Junta de Andalucía, facilitarán la información necesaria en
materia de incompatibilidad al personal a su servicio.
Disposición transitoria única. Procedimientos ya iniciados.
Los procedimientos en materia de incompatibilidades del
personal incluido en el ámbito de aplicación del presente De-
creto que se encuentren iniciados a la entrada en vigor del
presente Decreto, continuarán tramitándose conforme a las
normas vigentes en la fecha de la iniciación.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogados el Decreto 8/1985, de 22 de enero,
sobre aplicación al personal al servicio de la Administración
de la Junta de Andalucía y Organismos de ella dependientes
de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilida-
des del personal al servicio de las Administraciones Públicas
y el Decreto 174/1989, de 18 de julio, por el que se regula el
procedimiento para los reconocimientos específicos de com-
patibilidad de proyectos y trabajos técnicos, así como cuantas
disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo estable-
cido en el presente Decreto.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se habilita a la Consejera de Justicia y Administración Pú-
blica, para dictar las disposiciones necesarias para el desarro-
llo y ejecución de lo establecido en el presente Decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de diciembre de 2008
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
EVANGELINA NARANJO MÁRQUEZ
Consejera de Justicia y Administración Pública
CONSEJERÍA DE EMPLEO
INSTRUCCIÓN 4/2008, de 23 de diciembre, de la
Dirección Gerencia del Servic
io Andaluz de Empleo, por
la que se establecen las directrices de gestión de ayu-
das en el marco del plan extraordinario para la mejora
de la empleabilidad de las personas demandantes de
empleo establecido por la Orden de 31 de octubre de
2008 que se cita.
La Disposición final primera de la Orden de 31 de octubre
de 2008, por la que se establece el plan extraordinario para la
mejora de la empleabilidad de
las personas demandantes de
empleo y se regulan y convocan las ayudas para la ejecución
del mismo, faculta a la Direcció
n Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, a instancia de las Direcciones Generales de Em-
pleabilidad e Intermediación Laboral, de Fomento e Igualdad
en el Empleo, y de Formación para el Empleo, en sus respec-
tivas competencias específicas, a dictar cuantas instrucciones
sean necesarias para la correcta aplicación e interpretación de
la presente Orden.
En base a lo anterior, la Di
rección Gerencia del Servicio
Andaluz de Empleo, al objeto de propiciar actuaciones homo-
géneas en la gestión de las ayudas contempladas en el marco
del Plan Memta dicta las siguientes
INSTRUCCIONES
1. Capítulo I. Disposiciones generales.
a) Artículo 2.1.b): En relación al requisito de que la per-
sona desempleada haya procedido a inscribirse como deman-
dante de empleo en el plazo máximo de 30 días desde el cese
de actividad, en el supuesto de incapacidad temporal acredi-
tada (IT), dicho plazo comenzará a contar o se reanudará, en
su caso, desde la obtención del alta médica.
b) Artículo 2.1.c): Para el cómputo de al menos seis me-
ses de contratación o actividad en los doce meses anteriores
a la demanda de empleo, se atenderá al período entre la fe-
cha de inicio y fin de la contratación (con alta en Seguridad
Social, contabilizando período entre fechas de inicio y fin), sin
tener en cuenta la parcialidad del contrato. Para el caso de
trabajadores agrícolas, se contabilizarán 180 jornadas reales
trabajadas en los últimos 12 meses.
Así mismo, el período de 6 meses se debe entender como
cómputo total dentro de los últimos 12 meses, pudiéndose
contabilizar la suma de períodos inferiores a los 6 meses,
siempre que estén dentro del período de lod 12 establecido.
c) Artículo 3.6.b): Las causas para justificar la no asis-
tencia o participación en las ac
tuaciones del Plan Memta y su
acreditación documental, deberán tenerse en cuenta las que
se relacionan a continuación:
– Maternidad, paternidad, enfermedad o accidente, que
se acredita con el parte de baja previsto en la normativa de
Seguridad Social, o por parte de consulta u hospitalización ex-
pedido por facultativo del SAS.
– Matrimonio o nacimiento de un hijo de la persona de-
mandante, que se acredita con el Libro de Familia, inscripción
en le Registro Civil, informe del hospital o centro sanitario,
etc.
– Enfermedad grave o fallecimiento del cónyuge o parien-
tes hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad, que
se acredita con certificado médico, o parte de baja médico
o certificado de defunción y docu
mentación de la relación de
parentesco.
– Traslado de domicilio habitual, que se acredita con una
declaración escrita de la persona demandante que justificará
un día por traslado si es en la misma localidad de residencia o
tres días si es en localidad distinta.
– Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter
público o personal, que se acredita con certificado de su
cumplimiento u otros medios de prueba que justificará por el
tiempo indispensable para su realización.
– Presentación a cobertura de ofertas de empleo, que re-
querirán acreditarse mediante documento justificativo sólo en
el caso en que éstas no se hubieran realizado directamente
en el SAE, que justificará por el tiempo indispensable para su
realización.
– Por realización de exámenes, para la obtención de título
académico, profesional o laboral, ejercicios de oposiciones,
convocatoria pública de empleo, carné de conducir, pruebas
de selección para obtención de empleo…, que se acreditarán
con los certificados de su realización que justificará por el
tiempo indispensable para su realización.
– Por causas de fuerza mayor notorias que imposibiliten la
comparecencia (inundaciones, huelga de transporte…), que se
acreditan con declaración escrit
a de la persona demandante
que justificará por el tiempo indispensable para su realización.
– La acreditación de la condición de víctima de violencia
de género.
– La acreditación de la participación y/o asistencia a pro-
gramas de desintoxicación o rehabilitación.
Posibilidad de reincorporación: Cabe la reincorporación
en el Plan Memta, siempre que cumpla los requisitos estable-
cidos en el artículo 2 y la Carta de Compromiso suscrita en su

 

 

Sevilla, 12 de enero 2009
BOJA núm. 6
Página núm. 71
Disposición transitoria tercera. Comisiones del Agua de
los Distritos Hidrográficos Mediterráneo, Tinto-Odiel-Piedras y
Guadalete-Barbate.
Hasta tanto se proceda a la regulación de las previsiones
estatutarias y a la constitución de las Comisiones del Agua,
conforme a lo establecido en el artículo 16 de los Estatutos, se
estará al siguiente régimen:
1. La Comisión del Agua de la Cuenca Mediterránea An-
daluza, asumirá las funciones previstas en los Estatutos para
la Comisión del Agua en el Distrito Hidrográfico Mediterráneo.
2. La Comisión del Agua de la Cuenca Atlántica Andaluza,
asumirá las funciones previstas en los Estatutos para la Comi-
sión del Agua en los Distritos Hidrográficos Guadalete-Barbate
y Tinto-Odiel-Piedras.
3. La composición del pleno de dichas comisiones será la
establecida en el artículo 16 de los Estatutos aprobados por el
Decreto 55/2005, de 22 de febrero, con las siguientes adap-
taciones:
a) La vicepresidencia primera, que corresponderá a la
persona titular de la Vicepresidencia de la Agencia y la vicepre-
sidencia segunda que corresponderá a la persona titular de la
Dirección Gerencia.
b) Las vocalías en representación de la Administración de
la Junta de Andalucía serán las siguientes:
1.º Un representante con rango al menos de dirección
general, de las Consejerías competentes en materia de econo-
mía, industria, gobernación, ordenación del territorio, turismo,
agricultura y salud.
2.º Las personas titulares de la Dirección General de Plani-
ficación y Participación, Direcc
ión General de Infraestructuras
y Explotación y Dirección General de Dominio Público Hidráu-
lico de la Agencia y de la Dirección General de Prevención y
Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente.
3.º Una persona funcionaria de la Agencia con rango, al
menos, de Jefatura de Servicio o equivalente designada por la
presidencia.
c) Al frente de la secretaría estará una persona funcio-
naria de la Agencia titular de una unidad administrativa con
rango al menos de jefatura de servicio o equivalente que asis-
tirá a las reuniones, con voz pero sin voto, designada por la
presidencia que así mismo designará su suplente.
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, la per-
sona titular de la presidencia será sustituida por la persona
titular de la vicepresidencia primera siendo ésta sustituida en
los mismos casos por la vicepresidencia segunda y a ésta úl-
tima le suplirá la persona titular de la Dirección General de
Planificación y Participación.
4. La composición de la comisión permanente será la es-
tablecida en el artículo 18 de los Estatutos aprobados por el
Decreto 55/2005, de 22 de febrero, con las siguientes adap-
taciones:
a) En representación del grupo descrito en el párrafo b) del
apartado anterior, las personas titulares de la Dirección General
de Infraestructuras y Explotación de la Agencia y de la Dirección
General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de
Medio Ambiente y los representa
ntes de las Consejerías compe-
tentes en materia de energía, industria, agricultura y salud.
b) Al frente de la secretaría estará una persona funcio-
naria de la Agencia titular de una unidad administrativa con
rango al menos de jefatura de servicio o equivalente que asis-
tirá a las reuniones, con voz pero sin voto, designada por la
presidencia que así mismo designará su suplente.
Para el régimen de suplencias se estará a lo dispuesto
para el pleno en el apartado anterior, salvo en la suplencia de la
Vicepresidencia segunda que corresponderá a la persona titular
de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación.
Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio corres-
pondiente al ámbito de gestión de los órganos colegiados del
Distrito Hidrográfico Guadalquivir.
Hasta tanto se proceda a la regulación de las previsiones
estatutarias y a la constitución de la Comisión del Agua, de
los Comités de Gestión y de la Comisión de Desembalse del
Distrito Hidrográfico Guadalquivir, conforme a lo establecido
en los artículos 16, 17 y 20 de los Estatutos, los referidos ór-
ganos colegiados se ajustarán a lo siguiente:
1. El Pleno de la Comisión del Agua estará integrado por:
a) La presidencia, que corresponderá a la persona titular
de la presidencia de la Agencia, que tendrá voto de calidad
dirimente de empates a efectos de la adopción de acuerdos
de la misma.
b) La vicepresidencia primera, que corresponderá a la
persona titular de la Vicepresidencia de la Agencia y la vicepre-
sidencia segunda que corresponderá a la persona titular de la
Dirección Gerencia.
c) Las vocalías que serán desempeñadas por:
1.º Un representante con rango al menos de dirección
general, de las Consejerías competentes en materia de econo-
mía, industria, gobernación, ordenación del territorio, turismo,
agricultura y salud.
2.º Las personas titulares de la Dirección General de Plani-
ficación y Participación, Direcc
ión General de Infraestructuras
y Explotación y Dirección General de Dominio Público Hidráu-
lico de la Agencia y de la Dirección General de Prevención y
Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente.
3.º Una persona funcionaria de la Agencia con rango, al
menos, de Jefatura de Servicio o equivalente designada por la
presidencia.
4.º Las vocalías correspondientes a usuarios y organiza-
ciones que se ajustarán a la composición y representación
actualmente existente en el Consejo del Agua de la Confedera-
ción Hidrográfica del Guadalquivir.
5.º Tres representantes designados por la Administración
General del Estado, uno de ellos en representación de la Con-
federación Hidrográfica del Guadalquivir.
6.º Cuatro representantes de las Entidades Locales del te-
rritorio comprendido en el ámbito del Distrito Hidrográfico, que
designe la Federación Andaluza de Municipios y Provincias.
d) Al frente de la secretaría estará una persona funcio-
naria de la Agencia titular de una unidad administrativa con
rango al menos de jefatura de servicio o equivalente que asis-
tirá a las reuniones, con voz pero sin voto, designada por la
presidencia que así mismo designará su suplente.
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, la per-
sona titular de la presidencia será sustituida por la persona
titular de la vicepresidencia primera siendo ésta sustituida en
los mismos casos por la vicepresidencia segunda y a ésta úl-
tima le suplirá la persona titular de la Dirección General de
Planificación y Participación.
2. La Comisión Permanente estará integrada por:
a) La presidencia que corresponderá a la persona titular
de la Dirección Gerencia de la Agencia, la cual tendrá voto
de calidad dirimente de empates a efectos de la adopción de
acuerdos de la misma.
b) Las siguientes vocalías:
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BOJA núm. 6
Sevilla, 12 de enero 2009

1.º Las personas titulares de la Dirección General de
Infraestructuras y Explotación de la Agencia y de la Dirección
General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería
de Medio Ambiente.
2.º En representación del grupo descrito en el párrafo c),
1.º del apartado anterior, los representantes de las Conseje-
rías competentes en materia de energía, industria, agricultura
y salud.
3.º Las vocalías correspondientes a usuarios y organiza-
ciones que se ajustarán a la composición y representación
actualmente existente en la Junta de Gobierno de la Confede-
ración Hidrográfica del Guadalquivir.
4.º El representante de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir conforme a lo previsto en el grupo descrito en el
párrafo c), 5.º del apartado anterior.
5.º Dos representantes designados por el pleno del grupo
descrito en el párrafo c), 6.º del apartado anterior designados
por el Pleno.
c) Al frente de la secretaría estará una persona funcio-
naria de la Agencia titular de una unidad administrativa con
rango al menos de jefatura de servicio o equivalente que asis-
tirá a las reuniones, con voz pero sin voto, designada por la
presidencia que así mismo designará su suplente.
Para el régimen de suplencias se estará a lo dispuesto
para el pleno en el apartado anterior, salvo en la suplencia de la
Vicepresidencia segunda que corresponderá a la persona titular
de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación.
3. Comités de Gestión y Comisión de Desembalse.
1.º La Presidencia corresponderá a la persona titular de la
Dirección General de Infraestructuras y Explotación.
En caso de ausencia, enfermedad o vacante la Presiden-
cia será suplida por quien designe la persona titular de la Di-
rección Gerencia de la Agencia.
2.º Se integrarán como vocales en representación de la
Administración de la Junta de Andalucía:
a) Una persona funcionaria en representación de cada
Consejería competente en materia de medio ambiente, ener-
gía, industria, agricultura y turismo, designada por la persona
titular de cada una de ellas.
b) Las personas titulares de las correspondientes Direc-
ciones Provinciales de la Agencia Andaluza del Agua.
c) Cuatro personas funcionarias en representación de la
Agencia Andaluza del Agua, designadas por la persona titular
de la Dirección Gerencia.
3.º Se integrarán como vocal un representante de la Con-
federación Hidrográfica del Guadalquivir.
4.º Las vocalías de los Comités de Gestión y Comisión de
Desembalse correspondientes a usuarios y organizaciones se
ajustarán, respectivamente, a la composición y representación
actualmente existente en las Juntas de Explotación y Comi-
sión de Desembalse de la Confederación Hidrográfica del Gua-
dalquivir.
4. Los Comités de Gestión y la Comisión de Desembalse
del Distrito Hidrográfico Guadalquivir mantendrán las funcio-
nes actualmente asignadas respectivamente a las Junta de
Explotación y Comisión de Desembalse de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir.
5. La Comisión del Agua, los Comités de Gestión y la Co-
misión de Desembalse del Distrito Hidrográfico Guadalquivir
se constituirán en el plazo máximo de un mes a contar desde
la entrada en vigor del presente Decreto.
A los efectos de la constitución de estos órganos, se co-
municarán a la Agencia Andaluza del Agua los representantes
de las Administraciones públicas en el plazo máximo de quince
días desde la entrada en vigor del presente Decreto.
Disposición transitoria quinta. Gestión de tributos.
De acuerdo con lo establecido en la disposición transito-
ria tercera de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que
se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medi-
das fiscales, hasta que se produzca la asunción efectiva por la
Agencia Tributaria de Andalucía de las funciones de aplicación
de los tributos, éstas seguirán ejerciéndose por la Agencia An-
daluza del Agua respecto a los ingresos de naturaleza tributa-
ria que tuviera atribuidos por la normativa vigente a la fecha
de entrada en vigor del presente Decreto.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o infe-
rior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto
y, en particular, el Decreto 55/2005, de 22 de febrero, por el
que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Agen-
cia Andaluza del Agua, sin perjuicio de lo establecido en la
disposición transitoria tercera en relación con los artículos 16
y 18 de dichos Estatutos.
Disposición final primera. Adaptación de los Comités de
Gestión.
Se adaptan los Comités de Gestión creados por la Orden
de la Consejería de Medio Ambiente, de 31 de mayo de 2007,
por la que se crean los Comités de Gestión y se establecen
los procedimientos y criterios de elección de miembros en la
Comisión del Agua, modificando la referencia a la Dirección
General de la Cuenca contenida en el artículo 3.3 de la Orden
citada, que se entenderá realizada a la Dirección General de
Infraestructuras y Explotación.
Disposición final segunda. Modificación del Decreto 194/2008,
de 6 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Con-
sejería de Medio Ambiente.
El apartado 4 de la disposición final primera del Decreto
194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, queda redac-
tado como sigue:
«El Consejo Andaluz del Agua creado por Decreto
202/1995, de 1 de agosto, queda adscrito a la Consejería de
Medio Ambiente correspondiendo a la persona titular de la Vi-
ceconsejería de Medio Ambiente
, la Vicepresidencia primera y
a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia An-
daluza del Agua, la Vicepresidencia segunda de dicho órgano
colegiado.»
Disposición final tercera. Modificación del Decreto 241/2005,
de 2 de noviembre, por el que se crean las Direcciones Provinciales
de la Agencia Andaluza del Agua y se establecen sus funciones.
El Decreto 241/2005, de 2 de noviembre, por el que se
crean las Direcciones Provinciales de la Agencia Andaluza del
Agua y se establecen sus funciones, queda modificado como
sigue:
Uno. El párrafo e) del artículo 5 queda redactado del si-
guiente modo:
«e) El apoyo técnico necesario para los trámites que corres-
ponden al beneficiario en los procedimientos expropiatorios.»
Dos. Se modifica el artículo 7 que queda redactado con
el tenor siguiente:
«Artículo 7. Funciones de policía y gestión del dominio pú-
blico hidráulico.
Las Direcciones Provinciales
ejercerán las funciones si-
guientes:
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a) La aplicación de la normativa en materia de policía de aguas y cauces.
b) Informar los proyectos de unidades de ejecución en materia urbanística, de conformidad con el artículo 25.4 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.
c) La inspección y vigilancia de las obras derivadas de concesiones y autorizaciones y la vigilancia de la explotación de
todos los aprovechamientos de aguas públicas, cualquiera que sea la titularidad y el régimen jurídico al que estén acogidos.
d) La realización de los trámites de subsanación y mejora de la solicitud y su elevación a los órganos directivos centrales
competentes para la instrucción y resolución de los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados.
e) La gestión y coordinación de los servicios de guardería fluvial.
f) La explotación de los recursos hidráulicos, para lograr una adecuada coordinación de los intereses individuales,
colectivos y sociales presentes en los aprovechamientos del agua.
g) La ejecución de los programas de calidad de agua de la cuenca y la prestación de los auxilios técnicos para tal fin.
h) La explotación de las obras y de los aprovechamientos hidráulicos.
i) La ejecución de los planes de desembalse.
j) La ejecución de las medidas de seguridad aprobadas y de los planes de vigilancia de presas.
k) La ejecución de los planes de conservación y mantenimiento de las infraestructuras hidráulicas.
l) La ejecución de los planes de inspección aprobados.
m) El control y seguimiento de las obras y de los aprovechamientos hidráulicos que se ejecuten.
n) La ejecución de actuaciones de restauración hidrológico forestal en el dominio público hidráulico.
ñ) La prestación de toda clase de servicios técnicos relacionados con el cumplimiento de sus fines específicos.»
Disposición final cuarta. Adaptación de las Comisiones de Explotación de trasvases.
A la entrada en vigor de este Decreto, los órganos colegiados competentes para la explotación de los trasvases autoriza-
dos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mantendrán la composición, funciones y régimen de funciona-
miento establecido en sus normas de creación, salvo en lo establecido en la presente disposición final para su adaptación a
la organización de la Administración de la Junta de Andalucía:
1. Comisión de Explotación del Trasvase Guadiaro Guadalete.
La participación de la Administración hidráulica andaluza en la Comisión de explotación del trasvase Guadiaro-Guada-
lete queda articulada del modo siguiente:
1.º La presidencia se asumirá por la persona titular de la
Dirección General de Infraestructuras y Explotación.
2.º Las personas representantes de la Agencia Andaluza
del Agua señaladas en los párrafos a), b) y c) de la disposición
adicional única de la Orden de la Consejería de Medio Am-
biente de 31 de mayo de 2007, serán:
a) Una en representación de la Dirección General de Ser-
vicios y Régimen Económico, designada por la persona titular
de dicha Dirección General.
b) Una en representación de la Dirección General de Pla-
nificación y Participación, designada por la persona titular de
dicha Dirección General.
c) Una en representación de la Dirección Provincial de la
Agencia Andaluza del Agua en Cádiz, designada por la per-
sona titular de dicha Dirección Provincial.
2. Comisión de Explotación del Trasvase Negratín-Alman-
zora.
La participación de la Administración hidráulica andaluza
en la Comisión de explotación del trasvase Negratín -Alman-
zora queda articulada del modo siguiente:
1.º La Presidencia se asumirá por la persona titular de la
Dirección General de Infraestructuras y Explotación.
2.º Las vocalías establecidas en los párrafos b) y c) del
apartado segundo de la Orden MAM/2313/2003, de 1 de
agosto, por la que se crea la Comisión de Gestión Técnica de
la transferencia de recursos hídricos desde el embalse del Ne-
gratín al de Cuevas de Almanzora, autorizada por la disposi-
ción adicional vigésima segunda de la Ley 55/1999, de 29 de
diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden
Social, serán cinco en representación de la Agencia Andaluza
del Agua, cuatro de ellas designadas por la Dirección Geren-
cia y una por la persona titular de la Dirección Provincial en
Almería.
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir podrá de-
signar una persona en representación de dicho organismo.
Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo y
ejecución.
Se faculta a la Consejera de Medio Ambiente para dictar
las disposiciones necesarias en desarrollo y ejecución de lo
previsto en el presente Decreto.
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará el vigor el día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de enero de 2009
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MARÍA CINTA CASTILLO JIMÉNEZ
Consejera de Medio Ambiente
ESTATUTOS DE LA AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA
CAPÍTULO I
Naturaleza y principios de organización y funcionamiento
Artículo 1. Naturaleza y adscripción.
1. De conformidad con el artículo 48 de la Ley 3/2004,
de 28 de diciembre, la Agencia Andaluza del Agua, en ade-
lante la Agencia, es un organismo autónomo de carácter ad-
ministrativo de la Junta de Andalucía, adscrito a la Consejería
competente en materia de aguas. A todos los efectos la Agen-
cia será considerada como la Administración hidráulica de la
Junta de Andalucía.
2. La Agencia tiene personalidad jurídica propia, patrimo-
nio y tesorería propios, así como autonomía de gestión y plena
capacidad de obrar y, dentro de su ámbito competencial, le
corresponden las potestades administrativas precisas para el
cumplimiento de sus fines en los términos establecidos por
estos Estatutos, excluida la potestad expropiatoria.
Artículo 2. Principios de organización y funcionamiento.
En la organización y ejercicio de sus funciones, la Agencia
se somete, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
14 y 18.1.a) del Texto Refundido de la Ley de Aguas, apro-
bado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en
adelante Texto Refundido de la Ley de Aguas, a los siguientes
principios:
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BOJA núm. 6
Sevilla, 12 de enero 2009
a) Unidad de gestión, tratamiento integral, economía del
agua, desconcentración, descentralización, coordinación, efi-
cacia y participación de los usuarios.
b) Respeto a la unidad de la cuenca hidrográfica, de los
sistemas hidráulicos y del ciclo hidrológico.
c) Compatibilidad de la gestión pública del agua con la or-
denación del territorio, la cons
ervación y protección del medio
ambiente y la restauración de la naturaleza.
CAPÍTULO II
Funciones de la Consejería competente en materia de aguas
y de la Agencia Andaluza del Agua
Artículo 3. Funciones de la Consejería competente en ma-
teria de aguas.
1. Corresponde a la Consejería competente en materia de
aguas, sin perjuicio de cuantas competencias le correspondan
en virtud de las disposiciones en
vigor, la planificación estraté-
gica, el seguimiento y control de eficacia de la Agencia.
2. Corresponde a la persona titular de la Consejería:
a) La aprobación del plan de actuación anual de la Agen-
cia, cuyo anteproyecto elaborará dicha Agencia.
b) Aprobar el anteproyecto del presupuesto de la Agencia.
c) La evaluación anual de los objetivos alcanzados en
cumplimiento del plan de actuación anual de la Agencia.
d) Presentar al Consejo de Gobierno, para su elevación al
Gobierno de la Nación, los proyectos de Plan Hidrológico de
las cuencas intracomunitarias.
e) El ejercicio de la potestad expropiatoria.
3. Corresponde a la persona titular de la Viceconsejería
competente en materia de aguas:
a) La coordinación entre los órganos de dirección de la
Consejería y de la Agencia.
b) La propuesta a la persona titular de la Consejería del
plan de actuación anual de la Agencia.
c) El seguimiento de la ejecución del plan de actuación
anual de la Agencia y realizar la propuesta de evaluación anual
a la persona titular de la Consejería.
Artículo 4. Funciones de la Agencia.
1. Corresponde a la Agencia el ejercicio de las competen-
cias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de
aguas y obras hidráulicas, y en particular:
a) La elaboración, seguimiento y revisión de la planifica-
ción hidrológica, así como de los proyectos derivados de la
misma.
En relación con la cuenca del Guadalquivir, la participa-
ción en la planificación hidrológica de la Demarcación Hidro-
gráfica, en particular, mediante la elaboración de propuestas
de actuaciones y de programas de medidas a incluir en el plan
hidrológico de la citada Demarcación.
b) La administración, protección y control de los apro-
vechamientos hidráulicos y del dominio público hidráulico en
general, incluyendo el otorgami
ento de autorizaciones y con-
cesiones.
c) La planificación, programación, construcción, y en su
caso, la explotación y mantenimiento de las obras hidráulicas
de competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
d) La planificación, ordenación y regulación de los servi-
cios de abastecimiento de agua en alta y de saneamiento de
las aguas residuales urbanas.
e) La acción concertada y, si procede, la coordinación de
las actuaciones de las Administraciones y entidades públicas
competentes para mejora de la gestión de los servicios de
abastecimiento de agua en alta y distribución de agua potable,
alcantarillado y saneamiento de las aguas residuales urbanas
y prevención de avenidas e inundaciones.
f) El otorgamiento de concesiones y autorizaciones rela-
tivas al dominio público hidráulico, así como el censo de las
mismas.
g) La realización de trabajos de información y análisis
como apoyo técnico a la formulación de la política de aguas de
la Administración de la Junta de Andalucía y posterior evalua-
ción de su aplicación.
h) Los trabajos de elaboración y desarrollo de la informa-
ción sobre la materia hidráulica, así como la difusión y divulga-
ción de la misma.
i) La colaboración en la investigación, desarrollo tecnoló-
gico e innovación en materia de aguas, con las Administracio-
nes y entidades públicas y privadas.
j) La participación en las organizaciones nacionales e
internacionales especializadas en gestión del agua, conserva-
ción de los recursos hídricos y tecnología hidráulica de confor-
midad con la normativa de aplicación.
k) La gestión, recaudación y administración de los recur-
sos económicos que correspondan a la Agencia.
l) En general todas las funciones relativas a administra-
ción y gestión de las aguas de competencia de la Comunidad
Autónoma, sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos o
entidades dependientes de la Administración de la Junta de
Andalucía.
m) Aquellas otras que le sean atribuidas legal o reglamen-
tariamente y las que deriven de convenios que se suscriban
con personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
2. En el ejercicio de sus funciones y competencias la
Agencia podrá ejercitar las potestades administrativas que se
contemplan expresamente en estos Estatutos, así como las
que se atribuyen a los organismos de cuenca en el Texto Re-
fundido de la Ley de Aguas y demás normas de aplicación.
3. En el ámbito territorial de las cuencas hidrográficas
andaluzas vertientes a las aguas de transición del tramo in-
ternacional del río Guadiana, co
rresponden a la Agencia las
atribuciones señaladas en el apartado 1, salvo las que se re-
serva la Administración del Estado conforme al Real Decreto
1560/2005, de 23 de diciembre, sobre traspaso de funciones
y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalu-
cía en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos
correspondientes a las cuencas andaluzas vertientes al litoral
atlántico (Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir y del
Guadiana).
CAPÍTULO III
Organización
Sección 1.ª Estructura
Artículo 5. Órganos de gobierno, gestión y coordinación
de la Agencia.
1. La Agencia se estructura en los siguientes órganos de
gobierno y gestión:
a) La Presidencia.
b) La Vicepresidencia.
c) La Comisión del Agua.
d) La Dirección Gerencia, qu
e tendrá rango de Vicecon-
sejería y de la que dependerán las siguientes Direcciones Ge-
nerales:
1.ª Dirección General de Se
rvicios y Régimen Económico.
2.ª Dirección General de Planificación y Participación.
3.ª Dirección General de Infraestructuras y Explotación.
4.ª Dirección General de Dominio Público Hidráulico.
Sevilla, 12 de enero 2009
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2. Las personas titulares de la Dirección Gerencia y de
las Direcciones Generales, serán nombradas por Decreto del
Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta
de la persona titular de la Consejería competente en materia
de aguas.
3. Como órgano de coordinación de la actuación en mate-
ria de aguas de las distintas Consejerías de la Administración de
la Junta de Andalucía existirá un Consejo Interdepartamental.
4. El régimen de los órganos colegiados regulados en es-
tos Estatutos se ajustará a lo establecido en la Sección 1.ª del
Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y
en los preceptos de carácter básico recogidos en el Capítulo II
del Título I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-
men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-
miento Administrativo Común.
5. La representación de los usuarios en los órganos co-
legiados de gestión regulados en los artículos 16, 17 y 20 no
será inferior al tercio de los miembros que integren dichos ór-
ganos.
Artículo 6. Servicios provinciales.
1. La Agencia contará para el desempeño de sus funcio-
nes con una organización territorial provincial constituida por
las Direcciones Provinciales.
2. Las personas titulares de la Delegaciones Provinciales
de la Consejería competente en materia de aguas asumirán la
representación de la Agencia en su ámbito territorial y osten-
tarán la titularidad de las co
rrespondientes Direcciones Pro-
vinciales.
3. Las personas titulares de las Direcciones Provinciales
ejercerán las funciones que tienen atribuidas por el Decreto
241/2005, de 2 de noviembre y las que, en su caso, se le
deleguen.
4. En caso de ausencia, enfermedad o vacante las per-
sonas titulares de las Direcciones Provinciales de la Agencia
serán suplidas por la persona titular de la respectiva Gerencia
Provincial.
Artículo 7. Participación paritaria.
En la composición de los órganos colegiados previstos
en estos Estatutos deberá respetarse la representación equi-
librada de hombres y mujeres, en los términos previstos en el
artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
Sección 2ª. De la Presidencia y de la Vicepresidencia
Artículo 8. La Presidencia.
1. La Presidencia de la Agencia corresponde a la persona
titular de la Consejería competente en materia de aguas.
2. Corresponde a la Presidencia:
a) Ostentar la representación legal de la Agencia.
b) Presidir el pleno las Comisiones del Agua de los distri-
tos hidrográficos y del Consejo Interdepartamental.
c) Ejercer cuantas otras funciones se le encomienden
en estos Estatutos y las que sean necesarias para el cumpli-
miento de las funciones de la Agencia y no estén atribuidas
expresamente a otro de sus órganos.
3. La Presidencia podrá delegar el ejercicio de sus com-
petencias en los órganos directivos centrales y provinciales de
la Agencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
Artículo 9. La Vicepresidencia.
1. La vicepresidencia corresponderá a la persona titular
de la Viceconsejería competente en materia de aguas.
2. Corresponde a la Vicepresidencia:
a) Ejercer la Vicepresidencia Primera del Pleno de las Co-
misiones del Agua y del Consejo Interdepartamental.
b) El asesoramiento a la persona titular de la Presidencia
en el desarrollo de las funciones que a ésta le corresponden.
Sección 3.ª De la Dirección Ge
rencia y Direcciones Generales
Artículo 10. Dirección Gerencia.
Corresponden a la Dirección Gerencia, con carácter gene-
ral, las siguientes atribuciones:
a) La dirección, coordinación, planificación y control de las
actividades de la Agencia bajo las instrucciones de la Presiden-
cia y en el marco del plan de actuación anual de la Agencia.
b) Acordar la interposición de recursos y reclamaciones en
vía administrativa para la defensa de los derechos e intereses
de la Agencia, sin perjuicio de las funciones que correspon-
den al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, conforme
a lo dispuesto en el artículo 41.2 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre.
c) La preparación del anteproyecto de presupuestos y del
plan de actuación anual de la Agencia.
d) El ejercicio de la jefatura superior del personal adscrito
a la Agencia en los términos establecidos en la legislación vi-
gente y en estos Estatutos.
e) Autorizar los gastos, efectuar las disposiciones, con-
traer obligaciones y ordenar pagos, dentro de los límites fijados
por la normativa vigente en materia presupuestaria, así como
las funciones propias de la tesorería, salvo las facultades de
disposición de gastos que se atribuyen a la Dirección General
de Servicios y Régimen Económico.
f) Ejercer la Vicepresidencia segunda del pleno de las Co-
misiones del Agua y del Consejo Interdepartamental.
g) Elaborar las propuestas de modificación de los Esta-
tutos.
h) Proponer a la persona titular de la Consejería compe-
tente en materia de aguas la resolución de los procedimientos
de responsabilidad patrimonial derivados de actuaciones de la
Agencia o del personal a su servicio.
i) La resolución de los recursos de alzada que se inter-
pongan contra los acuerdos de la Junta de Gobierno y la Junta
General de las Comunidades de usuarios de conformidad con
la normativa de aguas y la propuesta de resolución de las re-
clamaciones previas a la vía judicial civil y laboral.
j) El ejercicio de las competencias en materia de seguri-
dad en relación con las presas, embalses y balsas, conforme
al artículo 360.2 del Reglamento del Dominio Público Hidráu-
lico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, así
como la coordinación con la Comisión de Protección Civil de
Andalucía en dicha materia.
k) Cuantas otras funciones le encomienden estos Estatu-
tos, así como el ejercicio de las competencias que le delegue
la Presidencia.
Artículo 11. Dirección General de Servicios y Régimen
Económico.
Corresponden a la Dirección General de Servicios y Régi-
men Económico las siguientes funciones:
a) La gestión del personal adscrito a los órganos centrales
de la Agencia, sin perjuicio de la jefatura superior del personal
por la Dirección Gerencia y las
funciones que, en relación con
las nóminas de dicho personal, le correspondan de acuerdo con
el artículo 50 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la
Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) La organización y racionalización de las unidades y ser-
vicios de la Agencia, así como la propuesta a la Dirección Ge-
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rencia de programas de inspección y evaluación y las funciones
generales de administración, registro general y archivo central.
c) Realizar los estudios y trabajos necesarios para elabo-
rar el borrador de anteproyecto de presupuesto anual de la
Agencia, el impulso, seguimiento, análisis y evaluación de la
ejecución del presupuesto, así como el seguimiento de los pro-
gramas financiados con fondos europeos en coordinación con
el órgano directivo gestor de dichos programas.
d) La administración y recaudación de los recursos eco-
nómicos que correspondan a la Agencia, así como la elabora-
ción de propuestas normativas relativas al régimen económico
del agua.
e) Las tareas relativas a la gestión de la Tesorería de la
Agencia.
f) El estudio, elaboración e informe de proyectos de dis-
posiciones generales, en materias de la competencia de la
Agencia y, en general, la asistencia jurídico-administrativa a
los órganos de la misma, sin perjuicio de las funciones que
corresponden al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía,
conforme a lo dispuesto en el artículo 41.2 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre.
g) Elaborar, de manera integrada con la planificación ge-
neral de la Consejería en materia de aguas, la programación
de la Agencia en materia de tecnologías de la información y co-
municaciones, gestionar las infraestructuras, comunicaciones,
planes y recursos informáticos, el asesoramiento y asistencia
técnica a los órganos de la Agencia, así como la planificación,
diseño, desarrollo, implantación, mantenimiento y actualiza-
ción de los sistemas de información necesarios para el ejerci-
cio de las funciones de los órganos directivos de la Agencia, y
de los que sean de aplicación general a la misma.
h) El análisis y elaboración de propuestas a la Dirección
Gerencia, de ordenación de pr
ocedimientos en el marco de
los sistemas de información en diseño o en uso, así como el
impulso de la utilización de las nuevas tecnologías de la infor-
mación y comunicaciones.
i) La gestión y protección del patrimonio de la Agencia, así
como la confección y actualización del inventario de los bienes
muebles e inmuebles, sin perjuicio de las competencias de la
Consejería competente en materia Hacienda.
j) La gestión del parque móvil de la Agencia.
k) La tramitación de los procedimientos en materia de
contratación y el ejercicio de las funciones que como benefi-
ciario le corresponden a la Agencia en los procedimientos de
expropiación forzosa.
l) En general, las funciones
de asistencia a los órganos
directivos de la Agencia y las relativas a los servicios comunes
de la misma bajo la superior dirección de la persona titular de
la Dirección Gerencia, así como
cualquier otra función que se
le pueda atribuir por disposición legal o reglamentaria y las
que se le deleguen.
Artículo 12. Dirección General de Planificación y Partici-
pación.
Corresponden a la Dirección
General de Planificación y
Participación las siguientes funciones:
a) Realizar trabajos y estudios relativos a la elaboración,
seguimiento, evaluación y revisión de la planificación hidroló-
gica de las cuencas competencia de la Comunidad Autónoma,
así como los estudios y propuestas a incluir en el Plan Hidroló-
gico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir.
b) Informar con carácter vinculante y previo a la trami-
tación de cualquier solicitud o actuación que vaya a implicar
disponibilidad de recursos hídr
icos, la compatibilidad con los
correspondientes planes hidrológicos.
c) Efectuar propuestas a la Dirección Gerencia de ordena-
ción de los servicios de abasteci
miento de agua en alta y de
saneamiento de las aguas residuales urbanas.
d) Establecer los criterios y líneas de actuación sobre los
cauces públicos y sobre las zonas de servidumbre y policía.
e) Informar a la Dirección
Gerencia sobre los proyectos
de planes, actos y convenios que afecten al régimen y al apro-
vechamiento de las aguas o a los usos permitidos en terreno
de dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre
y policía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25 del Texto
Refundido de la Ley de Aguas.
f) La organización y dirección de los estudios y publica-
ciones, así como la colaboración en la investigación aplicada
en materia de aguas, con instituciones y entidades públicas y
privadas.
g) La participación en proyec
tos de cooperación nacional
e internacional en materia de aguas, sin perjuicio de las com-
petencias atribuidas a otros ór
ganos o entidades dependientes
de la Administración de la Junta de Andalucía.
h) El impulso de las relaciones con los usuarios, los agen-
tes económicos y sociales y el público en general.
i) El análisis y evaluación de la aplicación del principio de
recuperación de costes para el cumplimiento de los objetivos
previstos en la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 23 de Octubre de 2000, por la que se esta-
blece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la
política de aguas.
j) Cualquier otra función que se le pueda atribuir por dispo-
sición legal o reglamentaria, así como las que se le deleguen.
Artículo 13. Dirección General de Infraestructuras y Ex-
plotación.
Corresponden a la Dirección General de Infraestructuras
y Explotación las siguientes funciones:
a) La programación, proyecto, ejecución, control y segui-
miento de las obras de infraestructura hidráulica y de aquellas
que se realicen sobre el patrimonio adquirido o adscrito a la
Agencia.
b) La coordinación de la explotación y de los programas
de mantenimiento y conservación de las obras hidráulicas.
c) Las actuaciones de conservación de las obras hidráuli-
cas que formen parte del Patrimonio Histórico Andaluz.
d) Informar y asesorar a las autoridades competentes en
materia de protección civil en las emergencias por inundaciones.
e) Informar a la Dirección
Gerencia sobre los proyectos
de planes, actos y convenios que afecten al régimen y al apro-
vechamiento de las aguas o a los usos permitidos en terreno
de dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre
y policía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25 del Texto
Refundido de la Ley de Aguas.
f) Supervisar y aprobar los proyectos de obras e instala-
ciones de competencia de la Agencia.
g) Autorizar el régimen adecuado de llenado y vaciado de
los embalses y acuíferos, atendidos los derechos concesiona-
les de los distintos usuarios.
h) Elaborar, en coordinación con las Direcciones Provin-
ciales, y elevar a la Dirección Gerencia para su supervisión y
aprobación, los documentos relativos a la explotación y seguri-
dad de presas y embalses, cuya titularidad sea de la Agencia.
i) Cualquier otra función que se le pueda atribuir por dispo-
sición legal o reglamentaria, así como las que se le deleguen.
Artículo 14. Dirección General de Dominio Público Hidráulico.
Corresponden a la Dirección General de Dominio Público
Hidráulico las siguientes funciones:
a) La administración y control del dominio público hidráulico.
b) El otorgamiento de autorizaciones y concesiones refe-
rentes al dominio público hidráulico y a las zonas de servidum-
bre y policía.
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c) Autorizar las transacciones que impliquen la utilización
de infraestructuras públicas de conexión y las cesiones de de-
rechos de uso del agua.
d) Ejercitar el derecho de adquisición preferente al que
se refiere el artículo 68.3 del Texto Refundido de la Ley de
Aguas.
e) La conservación de los ecosistemas hídricos, así como
la protección y recuperación, en su caso, de la calidad del me-
dio hídrico.
f) La realización de los deslindes de los cauces.
g) La gestión del Registro de Aguas, del Catálogo de
Aguas Privadas y de cuantos otros instrumentos de carácter
público puedan existir o crearse.
h) Aprobar los planes de inspección del dominio público
hidráulico.
i) La dirección de los servicios de guardería fluvial.
j) Programar las actuaciones de restauración hidrológico-
forestal en el dominio público hidráulico.
k) Informar a la Dirección
Gerencia sobre los proyectos
de planes, actos y convenios que afecten al régimen y al apro-
vechamiento de las aguas o a los usos permitidos en terreno
de dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre
y policía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25 del Texto
Refundido de la Ley de Aguas.
l) La aprobación de los reglamentos y ordenanzas de las
comunidades de usuarios.
m) La realización de aforos, estudios de hidrología e infor-
mación sobre crecidas.
n) Establecer directrices y realizar propuestas de delimita-
ción de las zonas inundables.
ñ) La iniciación de los procedimientos sancionadores re-
feridos al dominio público hidráulico y la designación de las
personas a quien se atribuya la instrucción de los mismos.
o) Cualquier otra función que se le pueda atribuir por dispo-
sición legal o reglamentaria, así como las que se le deleguen.
Sección 4.ª De los distintos Distritos Hidrográficos y las Comisiones
del Agua
Artículo 15. De los Distritos Hidrográficos.
1. Se establecen los siguientes Distritos Hidrográficos,
como delimitaciones territoriales
para el ejercicio de la gestión
de las aguas que tiene atribuida la Agencia:
a) Distrito Hidrográfico Mediterráneo. Comprende el terri-
torio de las cuencas hidrográfica intracomunitarias vertientes
al Mediterráneo, determinadas en el Real Decreto 2130/2004,
de 29 de octubre, de traspaso de funciones y servicios corres-
pondientes a dichas cuencas.
b) Distrito Hidrográfico Guadalete-Barbate. Comprende el
territorio de las cuencas hidrográficas de los ríos Guadalete y
Barbate, e intercuencas de la provincia de Cádiz, determina-
das en el Real Decreto 1560/2005, de 23 de diciembre, de
traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad
Autónoma de Andalucía en materia de recursos y aprovecha-
mientos hidráulicos correspondientes a las cuencas andaluzas
vertientes al litoral atlántico (Confederaciones Hidrográficas
del Guadalquivir y del Guadiana).
c) Distrito Hidrográfico Tinto-Odiel-Piedras. Comprende el
territorio de las cuencas hidrográficas intracomunitaria de los
ríos Tinto, Odiel y Piedras e intercuencas correspondientes de
vertido directo al Atlántico, así como el territorio español de la
cuenca hidrográfica intracomunitaria del río Chanza y resto de
cuencas hidrográficas andaluzas vertientes a las aguas de tran-
sición del tramo internacional
del río Guadiana, determinadas
en el citado Real Decreto 1560/2005, de 23 de diciembre.
d) Distrito Hidrográfico Guadalquivir. Comprende el terri-
torio de la cuenca hidrográfica del río Guadalquivir, correspon-
diente a las aguas que transcurren por Andalucía, conforme a
lo previsto en el Real Decreto 1666/2008, de 17 de octubre.
2. En cada Distrito Hidrográfico existirá una dirección técnica.
Artículo 16. Las Comisiones del Agua.
1. Las Comisiones del Agua son órganos colegiados de
participación administrativa en la planificación, gestión y admi-
nistración en los respectivos Distritos Hidrográficos.
2. Las Comisiones del Agua funcionarán en Pleno y en
Comisión Permanente.
3. La composición del pleno y la comisión permanente de
las Comisiones del Agua, así como los criterios para la desig-
nación y elección de sus miembros y demás aspectos de su
régimen jurídico, no establecidos en estos Estatutos, se regu-
larán mediante Decreto.
Artículo 17. Comités de Gestión.
En el seno de cada Comisión del Agua podrán crearse
mediante Decreto del Consejo de Gobierno Comités de Gestión
de los recursos hídricos y explotación de las infraestructuras
hidráulicas. La composición de estos Comités, que se deter-
minará en su respectiva norma de creación, deberá atender al
criterio de representación adecuado a los intereses afectados
en cada caso y en especial, al régimen concesional y derechos
de los usuarios.
Artículo 18. Funciones del Pleno.
Le corresponde al Pleno:
a) Elevar a la Consejería comp
etente en materia de aguas,
a través de la Presidencia de la Agencia, para su posterior tra-
mitación, el Plan Hidrológico de la cuenca correspondiente y
sus ulteriores revisiones.
b) Informar las cuestiones de interés general para la
cuenca y las relativas a la mejor ordenación, explotación y tu-
tela del dominio público hidráulico.
c) El desarrollo del funcionamiento de la Comisión del Agua
mediante la aprobación de un reglamento de régimen interior.
Artículo 19. Funciones de la Comisión Permanente.
La Comisión Permanente tendrá las siguientes funciones:
a) Aprobar los proyectos de planes de actuación del Dis-
trito Hidrográfico y su propuesta de presupuesto, con objeto
de la incorporación a los planes de actuación anual de la
Agencia y conocer la liquidación de los mismos.
b) La elaboración y revisión
del correspondiente Plan
Hidrológico de la cuenca correspondiente, con arreglo a las
instrucciones que reciba del Pleno y en el marco del plan de
actuación anual de la Agencia.
c) Aprobar las modificaciones sobre la anchura de las zo-
nas de servidumbre y de policía.
d) Declarar acuíferos sobreexplotados o en riesgo de es-
tarlo, determinar los perímetros de protección de los acuíferos
sobreexplotados, y, en general, ejercer las competencias que
se regulan en los artículos 55, 56, 58 y 99 del Texto Refundido
de la Ley de Aguas o norma que la sustituya.
e) Adoptar las decisiones sobre comunidades de usuarios
a que se refieren los artículos 81.4 y 82.4 del Texto Refundido
de la Ley de Aguas o norma que la sustituya.
f) Promover las iniciativas sobre zonas húmedas a las que
se refiere el artículo 111.5 y 6 del Texto Refundido de la Ley de
Aguas o norma que la sustituya.
g) Informar, a iniciativa de la presidencia de la comisión
permanente, las propuestas de sanción por infracciones gra-
ves o muy graves cuando los hechos de que se traten sean de
una especial trascendencia para la buena gestión del agua en
el ámbito de la cuenca hidrográfica.
h) Y, en general, deliberar sobre aquellos asuntos que
sean sometidos a su consideración por la presidencia o por
cualquiera de sus miembros, así como el ejercicio de aquellas
otras funciones que el artículo 28 del Texto Refundido de la
Ley de Aguas atribuye a las Juntas de Gobierno de los organis-
mos de cuenca.
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Artículo 20. Comisión de Desembalse del Distrito Hidro-
gráfico Guadalquivir.
En el ámbito del Distrito Hidrográfico Guadalquivir existirá
una Comisión de Desembalse cuya composición, funciones y
régimen de funcionamiento se determinará por Decreto.
Sección 5.ª Del Consejo Interdepartamental
Artículo 21. El Consejo Interdepartamental.
1. El Consejo Interdepartamental de la Agencia, estará
compuesto por:
a) La presidencia, corresponderá a la persona titular de la Presidencia de la Agencia.
b) La vicepresidencia primera que corresponderá a la persona titular de la Vicepresidencia de la Agencia y la vicepresidencia segunda, que corresponderá a la persona titular de la Dirección Gerencia.
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, la per-
sona titular de la presidencia será sustituida por la persona
titular de la vicepresidencia primera siendo ésta sustituida en
los mismos casos por la vicepresidencia segunda y a ésta úl-
tima la suplirá la persona titular de la Dirección General de
Planificación y Participación.
c) Las vocalías que serán desempeñadas por:
1.º Una persona, al menos, con rango de dirección gene-
ral en representación de las
Consejerías competentes en ma-
teria de economía, energía, indu
stria, gobernación, ordenación
del territorio, turismo, agricultura y salud.
2.º Las personas titulares de las Direcciones Generales de
Servicios y Régimen Económico, Planificación y Participación,
Infraestructuras y Explotación y Dominio Público Hidráulico de
la Agencia y de la Dirección General de Prevención y Calidad
Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente.
2. Ejercerá las funciones de la secretaría una persona
funcionaria de la Agencia, con rango al menos de jefatura de
servicio o equivalente, que asistirá a las reuniones, con voz
pero sin voto. Su designación corresponderá a la presidencia
quién así mismo designará a su suplente.
3. El Consejo Interdepartamental informará la modifica-
ción de los Estatutos, el Plan de actuación anual de la Agencia
y los convenios en materia de aguas a celebrar entre la Admi-
nistración General del Estado y la Comunidad Autónoma de
Andalucía, así como cualquier otro asunto que le sea sometido
a su consideración por la presidencia.
4. Sin perjuicio del control de eficacia que corresponde a
la Consejería competente en materia de aguas, corresponde al
Consejo Interdepartamental el seguimiento de las actuaciones
de la Agencia y de la ejecución de sus presupuestos y pro-
gramas, así como de las propuestas y actuaciones sectoriales
con incidencia en la gestión del agua, en especial de aquellas
relacionadas con la calidad general de las aguas.
5. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, la
persona titular de la presidencia será sustituida por la persona
titular de la vicepresidencia primera siendo ésta sustituida en
los mismos casos por la vicepresidencia segunda.
6. A las reuniones del Consejo Interdepartamental podrán
ser invitados, con voz pero sin voto, representantes de otras
Administraciones públicas.
Sección 6.ª Régimen de suplencia de los órganos directivos
centrales
Artículo 22. Régimen de suplencia.
Se establece el siguiente régimen de suplencias en caso
de ausencia, enfermedad o vacante de la persona titulares de
los órganos directivos centrales de la Agencia:
a) La persona titular de la Presidencia será suplida por la
persona titular de la Vicepresidencia.
b) La persona titular de la Vicepresidencia será suplida
por la persona titular de la Dirección Gerencia.
c) Las personas titulares de la Dirección Gerencia y de
las Direcciones Generales de Planificación y Participación, de
Infraestructuras y Explotación y de Dominio Público Hidráulico
serán suplidas por la persona titular de la Dirección General
de Servicios y Régimen Económico y, en su defecto, por la
persona titular del órgano directivo que corresponda según el
orden de prelación que se señala en el artículo 5.1.d) que su-
plirá, asimismo, a la persona titular de la Dirección General de
Servicios y Régimen Económico.
En todo caso, la persona titular de la Dirección Gerencia
podrá designar para su suplencia y la de las personas titulares
de las Direcciones Generales a la persona titular del órgano
directivo que estime pertinente.
CAPÍTULO IV
Régimen de personal, económico y patrimonial
Artículo 23. Del personal de la Agencia.
El personal de la Agencia podrá ser tanto funcionario como
laboral, en los mismos términos y condiciones que los estable-
cidos para el resto del personal de la Junta de Andalucía.
Artículo 24. Régimen económico, financiero y presupues-
tario.
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley
3/2004, de 28 de diciembre, los recursos económicos de la
Agencia podrán provenir de:
a) Los créditos que se le asignen en el Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) Los rendimientos de los bienes y derechos de su pa-
trimonio.
c) Las transferencias corrientes o de capital que procedan
de otras Administraciones o entidades públicas.
d) Los ingresos procedentes de la recaudación de los re-
cursos económicos que correspondan a la Agencia y demás
derechos derivados del ejercicio de su actividad.
e) Las subvenciones, aportaciones, donaciones y heren-
cias que reciba.
f) Cualquier otro recurso que pudiera serle atribuido.
2. El régimen presupuestario, económico-financiero, de
contabilidad, intervención y control de la Agencia, será el esta-
blecido en la Ley 5/1983, de 19 de julio, y demás disposicio-
nes vigentes en la materia.
Artículo 25. Patrimonio.
1. El régimen jurídico del patrimonio de la Agencia será
el previsto en la legislación del patrimonio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía y estará integrado por los bienes y
derechos que se le adscriban y por los que adquiera por cual-
quier título, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley
3/2004, de 28 de diciembre, por la que se aprueban Medidas
Tributarias, Administrativas y Financieras.
2. El patrimonio de la Agencia quedará adscrito al cum-
plimiento de sus fines y se integrarán en él los frutos, rentas
o percepciones obtenidos de los bienes y derechos que lo in-
tegran.
3. La Agencia ejercerá cuantos derechos y prerrogativas
se encuentren legalmente establecidas, a efectos de la con-
servación administración y defensa de los citados bienes y
derechos.
4. La Agencia establecerá y mantendrá actualizado un
inventario de bienes, tanto propios como adscritos, que se in-
tegrará en el Inventario General de Bienes y Derechos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA núm. 6
Página núm. 79
CAPÍTULO V
Plan de actuación anual, seguimiento y evaluación
Artículo 26. Contenido de los planes de actuación anual.
De acuerdo con los fines de la Agencia, los planes de ac-
tuación anual deberán precisar los siguientes aspectos:
a) Objetivos que se pretenden alcanzar, con referencia en
su caso, al grado de avance que represente su consecución en
relación con los objetivos de carácter plurianual que se esta-
blezcan. Los objetivos se concretarán con el suficiente detalle
que permita su seguimiento y posterior evaluación, mediante
indicadores de gestión.
b) Descripción de la estrategia y medidas que se vayan
a utilizar para alcanzar los objetivos, con identificación de los
factores que puedan dificultar su consecución.
c) Recursos financieros, materiales y humanos disponi-
bles, o de los que se prevean disponer conforme a los presu-
puestos de la Agencia, para el cumplimiento de los objetivos,
así como la asignación de dichos recursos.
Artículo 27. Seguimiento y evaluación.
1. La Consejería de Medio Ambiente realizará un segui-
miento semestral de los objetivos expresados en los planes
de actuación anual, de acuerdo con los indicadores de gestión
establecidos en el mismo.
2. La Dirección Gerencia deberá elaborar semestralmente una
memoria explicativa sobre el grado de avance en el cumplimiento
de los objetivos previstos por el plan de actuación anual, así como
las causas de las eventuales desviaciones en el cumplimiento de
los mismos, o sobre las previsiones contenidas en el plan.
CAPÍTULO VI
Régimen jurídico
Artículo 28. Régimen de contratación.
La contratación de la Agencia se regirá por las dispo-
siciones aplicables a las Administraciones públicas en la
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector
Público.
Artículo 29. Régimen de expropiación forzosa.
La Agencia podrá instar o solicitar a la Administración pú-
blica, que en cada caso resulte competente, la expropiación
de bienes y derechos cuando ello sea necesario para el ejerci-
cio de sus competencias, a cuyo
s efectos tendrá la condición
de beneficiaria de la expropiación.
Artículo 30. Recursos administrativos.
1. Los actos administrativos de la Presidencia, la Direc-
ción Gerencia y la Comisión del Agua, agotan la vía administra-
tiva, pudiendo las personas interesadas, de conformidad con
lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo ór-
gano que los dictó.
2. La Presidencia resolverá las reclamaciones previas a
la vía judicial civil y laboral que se interpongan contra actos
dictados por órganos de la Agencia.
Artículo 31. Competencias sancionadoras.
La imposición de sanciones por la comisión de las infrac-
ciones que se regulan en el Título VII del Texto Refundido de la
Ley de Aguas y el Título V del Reglamento del Dominio Publico
Hidráulico aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de
abril, corresponderá:
a) Las calificadas como leves y menos graves, a la per-
sona titular de la Dirección General de Dominio Público Hi-
dráulico.
b) Las calificadas como graves, a la persona titular de la
Dirección Gerencia.
c) Las calificadas como muy graves, al Consejo de Go-
bierno.
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4. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
EDICTO de 13 de noviembre de 2008, del Juzgado
de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo
Mixto núm. Dos), dimanante del Procedimiento Juicio
Verbal núm. 544/2008.
(PD. 21/2009).
NIG: 2905443C20068000255.
Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 544/2008.
Negociado: E.
Sobre: Antiguo desahucio 153/06 Mixto 8.
De: Dinosol Supermercados, S.L.
Procurador: Sr. Ledesma Hidalgo, Diego.
Contra: Transportes Frío-Sur 2003.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta de
pago) 544/2008 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia
núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia
de Dinosol Supermercados, S.L., contra Transportes Frío-Sur
2003 sobre antiguo deshaucio 153/06 Mixto 8, se ha dictado
la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es
como sigue:
SENTENCIA NÚM. 77/2007
En Fuengirola, a treinta y uno de mayo de dos mil siete.
Vistos por mí, Miguel Ángel Pareja Vallejo, Juez del Juz-
gado de Instrucción número Cuatro de Fuengirola y su partido,
los presentes autos de Juicio Verbal 77/2007 seguidos ante
este Juzgado, entre partes, de una como demandante la en-
tidad mercantil Dinosol Supermercados, S.L., con Procurador
don Diego Ledesma Hidalgo, y de otra como demandado la
entidad mercantil Transportes Frío Sur 2003, en situación de
rebeldía procesal, sobre acción de desahucio por falta de pago
de la renta, por los poderes que me confiere la Constitución,
en nombre del Rey vengo a dictar la presente Sentencia sobre
la base de
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al de-
mandado Transportes Frío-Sur 2003, extiendo y firmo la pre-
sente en Fuengirola a trece de noviembre de dos mil ocho.
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por el Procurador don
Diego Ledesma Hidalgo, en nombre
y representación de la en-
tidad mercantil Dinosol Supermercados, S.L., contra la entidad
mercantil Transportes Frío-Sur 2003 y así:
Declaro haber lugar al desahucio del inmueble local
S0348 destinado a cafetería-restaurante del supermercado
sito en la carretera de Cádiz, km 197, El Zoco, en Calahonda,
por falta de pago de las rentas.
Declaro resuelto el contrato de subarrendamiento cele-
brado entre las partes el día 15 de mayo de 2005, que obra
en autos como documento número cinco.
De no abandonar voluntariamente la finca la demandada
el lanzamiento a su costa se llevará a cabo el día seis de julio
de dos mil siete a las 12,00 horas.
Condeno a la entidad mercantil Transportes Frío-Sur
2003 al pago de las cantidades adeudas hasta el día treinta
y uno de mayo de dos mil siete que ascienden a la cantidad
de 54.012,97

, además de las rentas, suministros y servicios
que vayan venciendo o devengándose hasta la efectiva entrega
del inmueble, más sus intereses legales, con expresa condena
en costas a la demandada.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para
ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá por escrito
ante este Juzgado en término de quinto día y en la forma legal-
mente establecida.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.-
El/La Secretario.
EDICTO de 8 de julio de 2008, del Juzgado de
Primera Instancia núm. Ocho de Granada, dimanan-
te del Procedimiento Ordinario núm. 515/2002.
(PD.
22/2009).
NIG: 1808742C20020010404.
Procedimiento: Ordinario núm. 515/2002.
Sobre: Juicio Ordinario.
De: Excmo. Ayuntamiento de Granada.
Procurador: Sr. Rafael Merino Jiménez-Casquet.
Contra: Doña Ana Varela Muñoz, doña Ana Arroyo Varela, Pro-
mociones Urbanísticas Florida, S.L., don Víctor Arroyo Varela,
doña Josefa Arroyo Varela, don Manuel Arroyo Varela, don Car-
los Rodríguez Arroyo, don Ángel Rodríguez Arroyo y doña Ana
Victoria Rodríguez Arroyo.
Procuradoras: Sras. Clara Fernández Payán y Teresa Guerrero
Casado.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 515/2002
seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de
Granada a instancia del Excmo. Ayuntamiento de Granada
contra Ana Varela Muñoz, Ana Arroyo Varela, Promociones
Urbanísticas Florida, S.L., Víctor Arroyo Varela, Josefa Arroyo
Varela, Manuel Arroyo Varela, Carlos Rodríguez Arroyo, Ángel
Rodríguez Arroyo y Ana Victoria Rodríguez Arroyo sobre Juicio
Ordinario, se ha dictado la sentencia que, copiada en su enca-
bezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 119/08
En Granada a 24 de junio de 2008.
Vistos por mí, don Alberto del Águila Alarcón, Magistrado-
Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada
y los de su partido, los autos de juicio ordinario núm. 515/02,
promovidos a instancia del Excm
o. Ayuntamiento de Granada,
representado por el Procurador don Rafael Merino Jiménez Cas-
quet y asistido del Letrado Sr. Vélez Fernández, contra doña Ana
Varela Muñoz (fallecida), doña Ana Arroyo Varela, don Manuel
Arroyo Varela, don Víctor Arroyo Varela, representados por la
Procuradora doña Teresa Guerrero Casado y asistidos de la Le-
trada Sra. Cortes López, y contra doña Josefa Arroyo Varela (sus
herederos don Ángel, don Carlos y doña Ana Victoria Rodríguez
Arroyo), representados por la Procuradora doña Clara Fernán-
dez Payán y asistidos del Letrado Sr. Sánchez Pérez, y contra

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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BOJA núm. 6
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ANUNCIO de 16 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Málaga, por el que se hace público el
Acuerdo de 28 de julio de 2008 de la Sección de Urbanis-
mo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo relativo al expediente de Modificación de las
Normas Subsidiarias del municipio de Campillos (Mála-
ga), Sector UR-19 (uso industrial) (Expte EM-CAMP-29).
Para general conocimiento se hace público el Acuerdo
adoptado por la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial
de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga en sesión
celebrada el día 28 de julio de 2008 por el que se aprueba de-
finitivamente la Modificación de Elementos de las Normas Sub-
sidiarias del municipio de Campillos (Málaga) para cambiar la
delimitación del Sector UR-19 reduciendo el ámbito del mismo y
para el cambio de clasificación de suelo de la parte que se de-
duce como Suelo Urbano Consolidado, siendo todos los suelos
a que afecta la modificación de uso industrial.
De conformidad con lo establecido en el artículo 41 apar-
tados 1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Or-
denación Urbanística de Andalucía, se dispone la publicación
del Acuerdo adoptado y de las Normas Urbanísticas corres-
pondientes al instrumento urbaní
stico de referencia según el
contenido de los Anexos I y II, respectivamente, previa la ins-
cripción y depósito de dicho instrumento de planeamiento en
el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de
Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Cataloga-
dos dependiente de la Consejería de Vivienda y Ordenación del
Territorio (núm. registro 3036) y en el Registro Municipal del
Ayuntamiento de Campillos (núm. 19).ANEXO I
TEXTO DEL ACUERDO
ANTECEDENTES
Primero. Con fecha 2 de junio de 2004 tiene entrada en la
Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes (actual
DP. Vivienda y Ordenación del Territorio, Decreto 239/2008,
de 13 de mayo) el expediente de Modificación de Elementos
de las NNSS de Campillos que tiene por objeto cambiar la de-
limitación del sector UR-19 reduciendo el ámbito del mismo
que pasaría de 20.231 m
2
a 18.672,24 m
2
(18.499,60 m
2
ex-
cluida la vía pecuaria) y el cambio de clasificación de suelo,
ya que la parte que se deduce se encuentra edificada y con-
solidada, por lo que se propone su clasificación como Suelo
Urbano Consolidado. Los suelos a que afecta la modificación
tienen uso industrial.
Segundo. Previos requerimientos, se completa expediente
con la aportación de informes emitidos por la Delegación
Provincial de Medio Ambiente y por el Arquitecto Municipal,
recepción 29.5.2008. Completo el expediente con esta fecha
se inicia el plazo para la resolución y notificación del acuerdo
definitivo.
Tercero. Tramitación municipal. Constan en el expediente:
Certificación del acuerdo de aprobación inicial adoptado por
el Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha 4 de febrero de
2004; trámite de información pública por plazo de un mes me-
diante publicación en Tablón
de anuncios del Ayuntamiento,
BOP núm. 57, de 23.3.2004. y prensa sin que se hayan pre-
sentado alegaciones; certificación del acuerdo de aprobación
provisional adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión
de fecha 12 de diciembre de 2007. El documento técnico apro-
bado provisionalmente el 12.12.2007 está diligenciado.
Cuarto. Informes sectoriales:
– Vías Pecuarias/Evaluación de Impacto Ambiental. Informe de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de fecha 4.2.08 indicando que se ha excluido del ámbito del sector el área correspondiente de la vía pecuaria «Vereda de la Ratera y el Saucejo» según se extrae de la ficha urbanística y documentación cartográfica aprobadas provisionalmente el 27.12.07.
Comprobado este aspecto, se considera que la modificación de elementos propuesta no requiere trámite de evaluación de impacto ambiental.
– Aguas. Se aporta informe emitido por el Arquitecto Municipal de fecha 28.5.08 en el que justifica que el informe de la Agencia Andaluza del Agua sobre el incremento o no de recursos hídricos no es vinculante para la aprobación definitiva ya que con la modificación propuesta se disminuye la superficie del sector y en concreto el aprovechamiento lucrativo disminuyendo el número de metros cuadrados que se pueden construir en naves industriales.
En informes emitidos por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Provincial se concluye que el artículo 25.4 de la Ley de Aguas (R.D. Legislativo 1/2001) exige pronunciamiento expreso sobre la existencia o inexistencia de recursos suficientes por el Organismo competente cuando los actos o planes comporten nuevas demandas de recursos hídricos. La modificación propuesta no comporta nueva demanda de recursos hídricos, en consecuencia es innecesario el informe sectorial solicitado.FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Procedimiento.
La presente modificación de
elementos aprobada inicial-
mente el 4 de febrero de 2004 ha sido tramitada en su inte-
gridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/2002, de 17 de di-
ciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), por
lo que, de conformidad con la Disposición transitoria quinta
de dicha Ley, tanto la tramitación para su aprobación como
sus determinaciones deben ajustarse a lo establecido en la
misma.
El procedimiento para la aprobación de los instrumentos
de planeamiento y la tramitación de esta modificación se es-
tablece en el artículo 32 de la LOUA y en el artículo 36 que
regula las modificaciones y sus reglas particulares de ordena-
ción, documentación y procedimiento.
De otra parte, por tener aprobación inicial anterior al 20
de enero de 2007 no sería de aplicación la limitación estable-
cida en la Disposición transitoria segunda apartado 2 de la
LOUA. Dicha limitación no es de aplicación a los instrumen-
tos de planeamiento aprobados inicialmente antes del 20 de
enero de 2007 siempre que dicha aprobación inicial recaiga
sobre instrumentos de planeamiento que cuenten con todo el
contenido sustantivo y documental legalmente exigible en esa
fase de tramitación. Las modificaciones que puedan continuar
su tramitación se adecuarán a las determinaciones del planea-
miento de ordenación del territorio que sea de aplicación.
Respecto al plazo para resolver, el artículo 32.4 de la
LOUA establece que «la aprobación definitiva por la Consejería
competente en materia de urbanismo de los Planes Genera-
les de Ordenación Urbanística y de los Planes de Ordenación
Intermunicipal, así como, en su caso, de sus innovaciones, de-
berá producirse de forma expresa en el plazo máximo de cinco
meses a contar desde el día siguiente al de la presentación en
el registro de dicha Consejería del expediente completo, …».
II. Régimen de competencias.
La competencia para resolver sobre la aprobación defini-
tiva del instrumento de planeamiento que nos ocupa corres-
ponde a la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial
de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de acuerdo con el
artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre,
por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Ad-
ministración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en ma-
teria de ordenación del territori
o y urbanismo, en relación con
el artículo 31.2.B) a) y artículo 36.2.c), regla 1.ª de la LOUA,
por tratarse de una modificación que afecta a la ordenación
estructural en un municipio que no supera los 100.000 habi-
tantes.

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Iniciado el procedimiento para la aprobación de la modi-
ficación propuesta con anterioridad a la entrada en vigor del
citado Decreto 220/2006, es de aplicación dicha norma de
acuerdo con la Disposición transitoria única apartado 1 que,
respecto de los «Expedientes en Tramitación», establece:
«Los procedimientos relativos
a materias de ordenación del
territorio y urbanismo iniciados con anterioridad a la entrada
en vigor del presente Decreto se tramitarán y resolverán con-
forme a lo previsto en éste, ateniéndose a las reglas de asig-
nación de funciones a los distintos órganos que en el mismo
se establecen».
Tras la creación de la Consejería de Vivienda y Ordena-
ción del Territorio por Decreto del Presidente 10/2008, de 19
de abril, el artículo 9 atribuye a dicha Consejería las compe-
tencias que venía ejerciendo la Consejería de Obras Públicas
y Transportes en materia de urbanismo, quedando adscritas a
aquélla las Comisiones Provinciales de Ordenación del Terri-
torio y Urbanismo, según dispone el artículo 2.4 del Decreto
239/2008, de 13 de mayo, por el que se establece la estruc-
tura orgánica de la Consejería de Vivienda y Ordenación del
Territorio.
III. Valoración.
A) Desde el punto de vista urbanístico, se valora favora-
blemente la modificación propuesta.
Según el documento técnico se justifica la modificación
que se tramita al objeto de dinamizar la oferta de suelo indus-
trial en el municipio de Campillos, toda vez que en el sector
UR-19 existen varios pequeños propietarios con edificaciones
destinadas a cobertizos, naves, etc, en pequeños solares de
aproximadamente 50 m
2
que están consolidados y que impo-
sibilitan la adecuada gestión de dicho sector.
La modificación propuesta afecta a la ordenación estruc-
tural que define el artículo 10.1.A) a) de la LOUA al conllevar
un cambio de clasificación de parte de los suelos que confor-
man el sector UR-19 que pasa de urbanizable sectorizado a
urbano consolidado, quedando justificado este cambio en el
expediente que se tramita.
Se puede comprobar en la ortofotografía que efectiva-
mente la superficie de suelo que se deduce del sector está
consolidada y edificada cumpli
endo las determinaciones que
para su consideración como suelo urbano consolidado esta-
blece el artículo 45 de la LOUA.
Valoración de la incidencia te
rritorial. Analizada la legisla-
ción de ámbito territorial de ap
licación, Plan de Ordenación del
Territorio de Andalucía publicado en el BOJA de 29 de diciem-
bre de 2006, el expediente que se tramita no tiene incidencia
territorial.
Se incluye la ficha urbanística actual y modificada,
Sector UR-19
NNSS vigentes.
Ficha actual
Ficha urbanística
propuesta
Superficie total
20.231 m
2
s18.499,60 m
2
s
Tipo de actuación
Sector de planeamiento
Sector de planeamiento
Objeto de actuación
Cesión y Urbanización
Cesión y Urbanización
Sistema de actuación
Compensación
Compensación
Iniciativa de planeamiento
Privada
Privada
Planeamiento o Proyecto
Plan Parcial
Plan Parcial
Edificabilidad bruta
0,60 m
2
t/m
2
s0,60 m
2
t/m
2
s
Tipo de edificación
Industrial
Industrial
Ordenanza de uso y
Edificación
II
Aprovechamiento
lucrativo
12.139 m
2
11.099,76 m
2
Reserva Áreas Libres
2.023 m
2
1850 m
2
Equipamiento
809 m
2
739,98 m
2
OBSERVACIONES
Se deberán prever las
cesiones correspondientes
al 10% del Aprovechamiento
Tipo
Se deberán prever las
cesiones correspondientes
al 10% del Aprovechamiento
Medio
B) Desde el punto de vista de la documentación aportada,
de las actuaciones practicadas en el procedimiento de apro-
bación municipal y del informe técnico emitido por el Servicio
de urbanismo, el expediente está completo y se ajusta a las
normas legales que le son de aplicación.
Previa ponencia de la propuesta formulada por la Delega-
ción Provincial de la Consejería
de Vivienda y Ordenación del
Territorio, vistas la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de
Andalucía y demás normativa de aplicación, la Comisión Pro-
vincial de Ordenación del Terri
torio y Urbanismo, sección de
urbanismo, por unanimidad de los miembros asistentes con
derecho a voto,
ACUERDA
1.º Aprobar definitivamente en los términos del artícu-
lo 33.2.a) de la LOUA la Modificación de Elementos de las
NNSS de Campillos (Málaga) para cambiar la delimitación del
sector UR-19 reduciendo el ámbito del mismo que pasaría de
20.231 m
2
a 18.672,24 m
2
(18.499,60 m
2
excluida la vía pe-
cuaria) y el cambio de clasificación de suelo de la parte que se
deduce como Suelo Urbano Consolidado al encontrarse edi-
ficada y consolidada siendo todos los suelos a que afecta la
modificación de uso industrial; según el documento aprobado
provisionalmente el 12/12/2007 (diligenciado).
2.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de
Campillos y proceder a su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 41
apartados 1 y 2 de la Ley 7/2002, previo depósito en los
Registros administrativos de instrumentos de planeamiento
del citado Ayuntamiento y de la
Consejería de Vivienda y Or-
denación del Territorio.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía adminis-
trativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Su-
perior de Justicia de Andalucía en Málaga, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lu-
gar su notificación o publicación, según prevé el artículo 24.3
del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, en relación con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En Málaga, a 28
de julio de 2008. La Vicepresidenta Segunda de la Comisión,
Sección de Urbanismo, Por delegación, Orden de 5 de junio
de 2008 (BOJA núm. 117, de 13.6.2008). Fdo.: Josefa López
Pérez.
ANEXO II
NORMAS URBANÍSTICAS
5. Situación urbanística actual.
Las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento Muni-
cipal de Campillos clasifican a los terrenos en cuestión en la
categoría de Suelo Apto Para Urbanizar, bajo la denominación
de Sector UR-19, no estando sometidos a ningún tipo de pro-
tección especial.
Por su parte, el Plan Especial de Protección del Medio
Físico de la Provincia de Málaga no somete a los terrenos a
ninguna medida de protección. Como puede observarse en
el plano del PEPMF la finca se encuentra fuera de cualquier
espacio catalogado o protegido cautelarmente, por lo que se
trata de un suelo disponible por el planeamiento municipal.
6. Descripción de la propuesta, estructura general y or-
gánica.
Previo a la redacción del presente se ha presentado la
propuesta de ordenación en el Excmo. Ayuntamiento de Cam-
pillos, obteniendo el visto bueno de la Corporación según
acuerdo de la Comisión Municipal de Gobierno de fecha 14 de
noviembre de 2003 para iniciar los trámites oportunos.

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La ordenación que se propone se apoya en elementos de
la estructura general viaria existente y prevista por las vigentes
NN.SS., que no resultan alterados, tan solo se suprime el vial
transversal que procede del Sector UR-20. ya que en el tra-
zado previsto en las NN.SS. pasa por encima de unas naves
existentes, y al llegar al UR-19 no tiene continuidad. Por otra
parte, dicha ordenación no modifica ni afecta a ningún otro
sistema o elemento de dicha Estructura General y Orgánica
Territorial.
Clasificación del Suelo.
La actuación urbanística propuesta consiste en el cambio
de la delimitación de una parte del suelo como Suelo Urbani-
zable Sectorizado y otra como Suelo Urbano Consolidado por
la Urbanización y Edificación, que habrán de ser desarrollados
urbanísticamente en función de la propia Normativa Particular
que se contempla en el presente Expediente de Modificación
de Elementos.
Calificación del Suelo.
El presente Instrumento Urbanístico determina la Califica-
ción y Uso Global de Industrial para los terrenos objeto de la
actuación incluidos en la nueva delimitación del sector UR-19, y
como Uso Industrial (con ordenanzas I) compatible con el resi-
dencial, para los terrenos incluidos en la delimitación del Suelo
Urbano Consolidado. No obstante, dentro de esta Calificación
global, y a expensas de la calificación pormenorizada a esta-
blecer por el preceptivo Plan Parcial, tienen cabida otros usos
tales como el comercial y servicios, además, obviamente, de los
correspondientes usos dotacionales: Áreas libres, deportivas,
sociales, aparcamientos, etc. En cualquier caso, las tipologías
propiamente industriales recomendadas se basan en la Indus-
trial media ligera, talleres, almacenes, etc., no contaminadoras
del medio ambiente.
7. Características urbanísticas de la propuesta. Normativa
particular.
Tal como se ha indicado anteriormente, la actuación
propuesta consiste en el cambio de la delimitación del Sec-
tor UR-19 de Suelo Apto Para Urbanizar en dos zonas: una se
Suelo Urbanizable Sectorizado denominado igualmente Sector
UR-19; y otra de Suelo Urbano incluido en la delimitación del
Suelo Urbano Consolidado existente en las NN.SS. vigentes,
con las características urbanísticas que quedan establecidas
mediante las siguientes fichas:
FICHA URBANÍSTICA DE LA PROPUESTA
T.M. DE CAMPILLOS
EJECUCIÓN
UR-19
Tipo de actuación
Sector de planeamiento
Objeto de actuación
Cesión y urbanización
Sistema de actuación
Compensación
Iniciativa de planeamiento
Privada
Planeamiento o proyecto
Plan Parcial
Densidad
Nº máx de viviendas
Índice de edif. Bruto
0.60 m²t/m²s
Tipos de edificación
Industrial
Ordenanza de uso y edificación
I
Aprovechamiento lucrativo
11.099, 76 m²
SUPERFICIE (m²)
RESERVAS (m²)
A. LIBRES
EQUIPAMIENTO
TOTAL
18.499,60
1.850
739,98
2.589,98
P. P.
E . D .
P. R . o P. C
P. U .
I N I C I O O B R A S U R B A N .
PLAZOS
DE LOS PARTICULARES O
LA ADMINISTRACIÓN
1 año
2 años
4 años
DE LA ADMINISTRACIÓN
SUBSIDIARIAMENTE
OBSERVACIONES
Se deberá prever las cesiones correspondientes al 10% del Aprovechamiento Medio.
CONDICIONES DE ORDENACIÓN Y USO
CONDICIONES DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución será de 12 meses.
Málaga, 16 de diciembre de 2008.- La Delegada, Josefa López Pérez.

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CONSEJERÍA DE EMPLEO
ANUNCIO de 19 de diciembre de 2008, de la Di-
rección General de Seguridad y Salud Laboral, por el
que se notifica apertura de trámite de audiencia en pro-
cedimiento sancionador en ma
teria de infracciones de
Seguridad y Salud Laboral.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, por el presente anuncio se notifica al interesado la
apertura de trámite de audiencia:
Vista el acta de infracción 106857/08 y el expediente
sancionador SL-112/08 seguido a Clínica Tavis, S.L., y consi-
derando que concurren las circunstancias previstas en el ar-
tículo 18.2 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el
que se aprueba el reglamento general sobre procedimientos
para la imposición de sanciones por infracciones de Seguridad
y Salud Laboral, se les concede trámite de audiencia por tér-
mino de diez días, pudiendo formular alegaciones y presentar
los documentos y justificaciones que estime pertinente. Fina-
lizado este plazo quedará visto el expediente para resolución,
de conformidad con el precepto reseñado.
Sevilla, 19 de diciembre de 2008.- La Directora General,
Esther Azorit Jiménez.
ANUNCIO de 19 de diciembre de 2008, de la Di-
rección General de Seguridad y Salud Laboral, por el
que se notifican actos administrativos relativos a proce-
dimientos sancionadores en materia de infracciones de
Seguridad y Salud Laboral.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembr
e, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, por el presente anuncio se notifica a los interesados
que se relacionan los siguientes actos administrativos, hacié-
ndoles saber que para su conocimiento íntegro podrán com-
parecer, en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a
esta publicación, en la sede de este Centro Directivo, sito en
C/ Hytasa, núm. 14. La notificación se entenderá producida
a todos los efectos legales desde el día siguiente a esta pub-
licación.
Núm. Expte.: SL-73/04.
Núm. de acta: 599/04.
Interesado: «José Torres Sánchez», NIF 24171463-G.
Acto recurrido: Resolución relativa a procedimientos sanciona-
dores en materia de infracciones de Seguridad y Salud Laboral.
Órgano que lo dicta: Dirección General de Seguridad y Salud
Laboral.
Fecha: 17.10.08.
Sevilla, 19 de diciembre de 2008.- La Directora General,
Esther Azorit Jiménez.
ANUNCIO de 19 de diciembre de 2008, de la Di-
rección General de Seguridad y Salud Laboral, por el
que se notifica apertura de trámite de audiencia en pro-
cedimiento sancionador en ma
teria de infracciones de
Seguridad y Salud Laboral.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, por el presente anuncio se notifica al interesado la
apertura de trámite de audiencia:
Vista el acta de infracción 106857/08 y el expediente
sancionador SL-111/08 seguido a Industrias Mecánicas
Barrios, S.L., y considerando que concurren las circunstan-
cias previstas en el artículo 18.2 del Real Decreto 928/1998,
de 14 de mayo, por el que se aprueba el reglamento general
sobre procedimientos para la imposición de sanciones por
infracciones de Orden Social, se les concede trámite de au-
diencia por término de diez días, pudiendo formular alegacio-
nes y presentar los documentos y justificaciones que estime
pertinente. Finalizado este plazo quedará visto el expediente
para resolución, de conformidad con el precepto reseñado.
Sevilla, 19 de diciembre de 2008.- La Directora General,
Esther Azorit Jiménez.
ANUNCIO de 19 de diciembre de 2008, de la Di-
rección General de Seguridad y Salud Laboral, por el
que se notifican actos administrativos relativos a proce-
dimientos sancionadores en materia de infracciones de
Seguridad y Salud Laboral.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembr
e, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, por el presente anuncio se notifica a los interesados
que se relacionan los siguientes actos administrativos, hacién-
doles saber que para su conocimiento íntegro podrán compa-
recer, en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a
esta publicación, en la sede de este Centro Directivo, sito en
C/ Hytasa, núm. 14. La notificación se entenderá producida
a todos los efectos legales desde el día siguiente a esta publi-
cación.
Núm. Expte.: SL-43/07.
Núm. de acta: 450/07
Interesada: «Solados y Pavimentos del Norte, S.L.». Solidaria
«Construcción Promoción e instalaciones, S.A.».
CIF: B-24401846.
Acto recurrido: Resolución de recurso de alzada relativa a pro-
cedimientos sancionadores en ma
teria de infracciones de Se-
guridad y Salud Laboral.
Órgano que lo dicta: Dirección General de Seguridad y Salud
Laboral.
Fecha: 7.10.08.
Sevilla, 19 de diciembre de 2008.- La Directora General,
Esther Azorit Jiménez.
CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO
Y DEPORTE
RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2008, de la
Delegación Provincial de Córdoba, por la que se mo-
difica la relación de beneficiarios de la Resolución de
30 de septiembre de 2008, por la que se acuerda la
concesión de subvenciones en materia de promoción
comercial, correspondientes al ejercicio 2008.
Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la
Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen
las normas reguladoras de la concesión de ayudas subvencio-
nes en materia de Comercio y Artesanía, Modalidad 4 (PRO):
Promoción comercial, esta Delegación Provincial

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RESUELVE
Primero. Hacer pública la Resolución de 16 de diciembre
de 2008, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que
se acuerda la concesión de ayudas subvenciones en materia
de Comercio y Artesanía, Modalidad 4 (PRO): Promoción co-
mercial, solicitadas al amparo de la Orden citada.
Segundo. El contenido íntegro de dicha Resolución estará
expuesto en el tablón de anuncios de esta Delegación Provin-
cial, sita en Avda. Gran Capitán, 12, y C/ Victoriano Rivera, 4,
de Córdoba, y en cada una de las Delegaciones Provinciales
de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, a partir del
mismo día de la publicación de la presente Resolución en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Los plazos establecidos en dicha Resolución se
computarán a partir del día siguiente al de la publicación de
esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 16 de diciembre de 2008.- El Delegado, Juan
Torres A guilar.
ANUNCIO de 19 de diciembre de 2008, de la Dele-
gación Provincial de Córdoba, por el que se notifica a la
entidad interesada Resolución recaída en el expediente
sancionador en materia de Turismo CO-30/08.
Anuncio de la Delegación Provincial de Córdoba, por el
que se notifica a la entidad interesada Resolución de 19 de
diciembre de 2008, recaída en
el expediente sancionador en
materia de Turismo CO-30/08.
Intentada sin efecto la notificación en el domicilio del in-
teresado por causas ajenas a esta Administración, se le noti-
fica el acto administrativo al que se refiere el presente anuncio,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-
ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-
mún, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la
sede del Servicio de Turismo de esta Delegación Provincial, sito
en Avda. Gran Capitán, núm. 12, planta baja, 14008, Córdoba:
– Expediente sancionador: CO-30/08.
– Interesado: «Motoliquidación, S.L.», CIF B-14732028, ti-
tular del «Restaurante Picu», sito en C/ María La Judía, núm. 5
(esquina a C/ Conchita Cintrón), 14011, Córdoba.
– Acto notificado: Resolución de 19 de diciembre de 2008,
por la que se acuerda imponer una sanción de 1.202,03 euros,
por infracción al art. 60.1.º de la Ley 12/1999, del Turismo.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía admi-
nistrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Conse-
jero de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
notificación de la presente, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Transcurrido dicho plazo sin que se
haya producido la interposición, la resolución administrativa
adquirirá el carácter de firme en vía administrativa. Una vez
firme la Resolución, se deberá efectuar el pago de la sanción
impuesta conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley
General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, modificada por la Ley 3/2004, de 28 de diciembre,
de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.
Córdoba, 19 de diciembre de 2008.- El Delegado, P.A.
(Decreto 21/1985, de 5.2), la Secretaria General, M.ª Victoria
Moya Calle.
CONSEJERÍA DE SALUD
RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2008, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se hace público el acuerdo de inicio del expediente sancionador en materia de Salud.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica al interesado que a continuación se especifica, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la localidad que también se indica, aparece publicado el acuerdo de inicio adoptado en el expediente sancionador que se le sigue, significándose que en la Sección de Procedimiento de la Delegación Provincial de Salud de Málaga, C/ Córdoba, núm. 4, se encuentra a su disposición dicho expediente sancionador informándole que el plazo para presentar alegaciones que procede es de 15 días hábiles y comienza a contar desde la fecha de esta publicación.
Núm. Expediente: 216/08-S.
Notificado: Clínica Dental Line, S.A.
Último domicilio: Camino de Coín, 34, 29640, Fuengirola.
Trámite que se notifica: Acuerdo de inicio.
Málaga, 12 de diciembre de 2008.- La Delegada, M.ª Antigua
Escalera Urkiaga.
RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2008, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se hace público el Acuerdo de Inicio del expediente y acto de trámite relativo a expediente en materia de Salud.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica al interesado que a continuación se especifica, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la localidad que también se indica, aparece publicado el Acuerdo de Inicio adoptado en el expediente sancionador, que se le sigue, significándose que en la Sección de Procedimiento de la Delegación Provincial de Salud de Málaga, C/ Córdoba, núm. 4, 5.ª planta, se encuentra a su disposición dicho expediente sancionador, informándole que el plazo para presentar alegaciones que procede es de 15 días hábiles, y comienza a contar desde la fecha de esta publicación.
Núm. Expte.: 225/08-S.
Notificada: Guillermina Rando Moya.
Último domicilio: C/ Marmolista, 12-4-2, 29013, Málaga.
Trámite que se notifica: Acuerdo de Inicio.
Málaga, 17 de diciembre de 2008.- La Delegada, M.ª Antigua
Escalera Urkiaga.
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2008, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Cádiz, en el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario núm. 119/2008, promovido por doña Carmen González Butrón, y se notifica a los posibles interesados la interposición del mismo.
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Cádiz, con sede en dicha Capital, Avda. Ana de Viya, núm. 7, Edif. Properpina, 1.ª planta, se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario núm. 119/2008, interpuesto por doña Carmen González Butrón, contra la Resolución de 31 de julio de 2008, de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en Cádiz, en la que se resuelve estimar parcialmente las reclamaciones interpuestas contra la lista definitiva de admitidos y no admitidos publicada por el C.C. «San Felipe Neri» de Cádiz, en el proceso para la escolarización en el nivel de primero de segundo ciclo de Educación Infantil, y para el curso escolar 2008/09. Igualmente, se requiere por el Juzgado que se realicen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recurso. De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran, y emplácese, según prevé el art. 49.1 de la Ley de Ritos antes mencionada, a cuantos aparecen como interesados en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional. En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso administrativo núm. P.O. 119/2008, que se sigue por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Cádiz.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 78, en relación con el 49.1, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador o sólo con Abogado con poder al efecto. Haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse, ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personasen oportuna- mente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.
Cádiz, 18 de diciembre de 2008.- El Delegado, Manuel
Brenes Rivas.
CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD
Y BIENESTAR SOCIAL
RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2008, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se hace pública la notificación de Resolución que no ha podido ser notificado al interesado.
De conformidad con la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y el art. 24.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Ré- gimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa (BOJA núm. 20, de 16 de febrero de 2002), dada la no localización del interesado, se notifica, por medio de su anuncio, haciendo saber al mismo que podrá comparecer en un plazo de quince días, en este Organismo, sito en C/ Ancha de Gracia, núm. 6, de Granada, a fin de poder presentar las alegaciones y documentos que estime conveniente y conocer el contenido íntegro del procedimiento.
Exptes.: 210 y 211/07. Que en relación al expediente de protección abierto a los menores F.J. y S.V.A., hijos de Esmeralda Arraigosa Maya, se acuerda, con fecha 10 de diciembre de 2008, notificar Acuerdo de Inicio del Procedimiento Acogimiento Familiar Preadoptivo, respecto a los mencionados menores, pudiendo presentar alegaciones y documentos que estime conveniente en el plazo de quince días hábiles.
Granada, 11 de diciembre de 2008.- El Secretario General,
Sergio García Megías.
RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2008, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se hace pública la notificación de Resolución que no ha podido ser notificado al interesado.
De conformidad con la Ley 30/92, de 26 de noviembre y el art. 26 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Ré- gimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa (BOJA núm. 20, de 16 de febrero de 2002) dada la no localización del interesado, se notifica, por medio de su anuncio, haciendo saber al mismo que podrá comparecer en un plazo de diez días, en este Organismo, sito en C/ Ancha de Gracia, núm. 6, de Granada, a fin de poder presentar las alegaciones y documentos que estime conveniente y conocer el contenido íntegro del procedimiento.
Exptes.: 210 y 211/07, que en relación con el expediente de protección abierto a los menores F.J. y S.V.A., hijos de Esmeralda Arraigosa Maya, se acuerda notificar trámite de audiencia en el procedimiento instruido respecto a los mencionados menores, pudiendo presentar alegaciones y documentos que estime conveniente en el plazo de diez días hábiles.
Granada, 11 de diciembre de 2008.- El Secretario General,
Sergio García Megías.
RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2008, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se notifican actos de trámite inicial a solicitantes de prestaciones gestionadas por esta Delegación.
De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dada la imposibilidad de practicar notificación a las personas en el último domicilio conocido, se les hace saber a través de este anuncio, que se ha dictado acto de requerimiento de documentación en solicitud de prestación de pensión de Invalidez/ Jubilación no contributivas de los expedientes relacionados a continuación, para que en el plazo de 10 días y en aplicación del art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, presenten la documentación solicitada, advirtiéndoles que de no aportarla en el plazo indicado se originará la paralización del expediente, y transcurrido tres meses, se producirá la caducidad del mismo, con archivo de las actuaciones practicadas, de conformidad con lo establecido en el art. 92.1 de la citada Ley.
Al objeto de conocer el contenido exacto del expediente, los interesados podrán comparecer en la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, en la Avda.
Manuel Agustín Heredia, núm. 26, 4.ª planta, en Málaga.