Decreto 1000/2010, sobre visado colegial obligatorio

Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio. Publicado en: BOE núm. 190, de 06/08/2010. Entrada en vigor : 01/10/2010. Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda. Referencia: BOE-A-2010-12618

 

TEXTO ORIGINAL

La Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, incluye la reforma de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.

Law 25/2009 of December 22, amending various laws to adapt it to the Law on free access to service activities and its exercise, includes the reform of Law 2/1974, dated February 13, About Professional Colleges.

El artículo 13 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, derivado de la reforma anterior, regula el contenido del visado y la responsabilidad del colegio profesional derivada del ejercicio de su función de visado, y configura el visado como un instrumento voluntario, aunque otorga al Gobierno la potestad de establecer los trabajos profesionales que exigirán visado obligatorio atendiendo a la necesaria existencia de una relación de causalidad directa entre el trabajo profesional y la afectación a la integridad física y seguridad de las personas, y a la acreditación de que el visado es el medio de control más proporcionado.

Article 13 of Law 2/1974, of 13 February, derived from the previous reform, regulates the content of the visa and the responsibility of the professional body derived from the exercise of its function of visa, and configures the visa as a voluntary instrument, Although it grants the Government the power to establish professional work that will require a compulsory visa, taking into account the necessary existence of a direct causal relationship between professional work and the physical integrity and safety of persons, and the accreditation that the visa Is the most proportionate control medium.

La Ley 25/2009, de 22 de diciembre, prevé, en su disposición final tercera, una autorización al Gobierno para que dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley. Además, la disposición transitoria tercera de la misma ley prevé que en el plazo máximo de cuatro meses desde su entrada en vigor, el Gobierno aprobará un real decreto que establezca los visados que serán exigibles de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero. Finalmente, la Ley 2/1974, en su disposición final, autoriza al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación de dicha ley.

Law 25/2009, dated December 22, provides, in its third final provision, an authorization to the Government to issue the necessary regulations for the development and application of this law. In addition, the third transitional provision of the same law provides that within a maximum period of four months from its entry into force, the Government will approve a royal decree that establishes the visas that will be payable in accordance with the provisions of article 13 of the Law 2/1974 of 13 February. Finally, Law 2/1974, in its final provision, authorizes the Government to issue the necessary provisions for the application of said law.

De acuerdo con la habilitación legal prevista en las leyes 25/2009, de 22 de diciembre, y 2/1974, de 13 de febrero, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, se adopta este real decreto, en el que se determinan los trabajos profesionales que, por quedar acreditada su necesidad y proporcionalidad entre otras alternativas posibles, obligatoriamente deben obtener el visado colegial, como excepción a la libertad de elección del cliente.

In accordance with the legal authorization provided for in Laws 25/2009, of December 22, and 2/1974, of February 13, and in compliance with the provisions of Article 13 of Law 2/1974 of February 13 , This Royal Decree is adopted, which determines the professional work that, due to its proven necessity and proportionality among other possible alternatives, must obtain a collegial visa, as an exception to the freedom of choice of the client.

En cada uno de los trabajos mencionados en el artículo 2 de este real decreto ha quedado acreditada la necesidad de que esté sometido obligatoriamente al visado colegial por existir una relación de causalidad directa entre el trabajo profesional y la afectación a la integridad física y seguridad de las personas, y su proporcionalidad por resultar el visado el medio de control más proporcionado, teniendo en cuenta los distintos instrumentos de control posibles.

In each of the works mentioned in article 2 of this royal decree, it has been established that it is compulsory to be subject to collegial visas because there is a direct causal relationship between professional work and the physical integrity and security of the Persons, and their proportionality because the visa is the most proportionate means of control, taking into account the different possible control instruments.

En la ponderación de esa necesidad y proporcionalidad, se ha tenido presente la situación actual de los medios de control, muy superiores a los existentes en 1931, momento en el que se instituyó el visado colegial como un instrumento de control por los colegios profesionales para determinadas obras. Así, se cuenta con profesionales con una excelente preparación y conscientes de su responsabilidad; con una mejor regulación de las actividades económicas, en especial de aquellas que incorporan mayores riesgos; con normativa de seguridad en el trabajo o de seguridad industrial, inexistente décadas atrás; con mercados de seguros desarrollados; con entidades que realizan labores de certificación y control; con Administraciones públicas que incorporan crecientemente las nuevas tecnologías y una mayor eficacia en su actuación supervisora, y también con un sistema legal e institucional de defensa del consumidor que se ha desarrollado en las últimas décadas. En definitiva, la calidad de los trabajos profesionales cuenta con plenas garantías que, además, se intensifican con las reformas llevadas a cabo, por ejemplo, al regular que los Colegios deban mantener un registro actualizado de profesionales colegiados, accesible a los usuarios, o disponer de un servicio de atención a los consumidores.

In weighing this need and proportionality, the current situation of the means of control, which was much higher than in 1931, was taken into account, when a collegial visa was instituted as an instrument of control by professional associations for certain works. Thus, we have professionals with an excellent preparation and aware of their responsibility; With a better regulation of economic activities, especially those that incorporate greater risks; With norms of security in the work or of industrial security, nonexistent decades ago; With developed insurance markets; With entities that perform certification and control tasks; With public administrations that increasingly incorporate new technologies and greater effectiveness in their supervisory actions, as well as with a legal and institutional system of consumer protection that has developed in the last decades. Ultimately, the quality of professional work has full guarantees that, in addition, are intensified with the reforms carried out, for example, by regulating that the Colleges must maintain an up-to-date register of professional collegiate, accessible to users, or dispose Of a service of attention to the consumers.

Lo dispuesto en este real decreto no obsta para que puedan existir otros trabajos profesionales que se sometan a visado colegial cuando así lo solicite voluntariamente el cliente, incluida la Administración pública cuando actúe como tal.

The provisions of this Royal Decree do not prevent other professional works that may be subject to a collegial visa when requested voluntarily by the client, including the public administration when acting as such.

Por otra parte, cabe destacar que lo previsto en la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, y lo establecido en este real decreto que se dicta para su desarrollo, no afecta a la capacidad que tienen las Administraciones públicas, en ejercicio de su autonomía organizativa y en el ámbito de sus competencias, para decidir caso por caso para un mejor cumplimiento de sus funciones, establecer con los Colegios profesionales u otras entidades los convenios o contratar los servicios de comprobación documental, técnica o sobre el cumplimiento de la normativa aplicable que consideren necesarios relativos a los trabajos profesionales.

On the other hand, it should be noted that what is provided for in Law 25/2009, of December 22, and what is established in this royal decree that is issued for its development, does not affect the capacity of public administrations, in the exercise of their Organizational autonomy and within the scope of their powers, to decide on a case-by-case basis for a better performance of their duties, establish with the professional associations or other entities the agreements or contract the services of documentary, technical verification or compliance with the applicable regulations Which they deem necessary regarding professional work.

La norma se compone de siete artículos, una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales. En el articulado se establece el objeto de este real decreto que es establecer los trabajos profesionales que obligatoriamente deben obtener el visado de un colegio profesional, así como concretar el régimen jurídico aplicable a los casos de visado obligatorio. El artículo 2 establece, con carácter exclusivo y excluyente, cuáles son los trabajos profesionales concretos que tienen que obtener obligatoriamente el visado colegial, de acuerdo con los criterios de necesidad, por existir una relación de causalidad directa con la seguridad o integridad física de las personas, y proporcionalidad, que exige el artículo 13 de la Ley sobre Colegios Profesionales.

The standard consists of seven articles, an additional provision, a transitional provision, a repeal provision and three final provisions. The article establishes the purpose of this royal decree which is to establish the professional work that must obtain the visa of a professional college, as well as specify the legal regime applicable to cases of compulsory visa. Article 2 establishes, exclusively and exclu- sively, which are the specific professional work that must obtain the collegial visa, according to the criteria of necessity, for there is a direct causal relationship with the safety or physical integrity of the persons , And proportionality, which is required by article 13 of the Law on Professional Associations.

El artículo 3 establece el visado único aunque el trabajo se desarrolle en proyectos parciales, mientras el artículo 4 establece como excepción a la obligación de visar el caso en que el trabajo profesional deba presentarse ante la oficina de supervisión de proyectos de la Administración pública competente. Por su parte, el artículo 5 identifica el colegio competente para visar en cada caso y el artículo 6 regula la forma en la que debe ejercerse la función de visado cuando éste es obligatorio.

Article 3 establishes a single visa even if the work is carried out in partial projects, while Article 4 establishes as an exception to the obligation to address the case in which professional work must be submitted to the project supervision office of the competent Public Administration. Article 5, on the other hand, identifies the college competent to deal with in each case and article 6 regulates the form in which the function of visa should be exercised when it is compulsory.

Finalmente, el artículo 7 contempla la libre prestación de servicios de los profesionales comunitarios, que cuando ejerzan en España en régimen de libre prestación de servicios, deberán visar sus trabajos en los mismos casos y condiciones que los españoles.

Finally, Article 7 provides for the free provision of services by community professionals, who, when exercising in Spain under a regime of freedom to provide services, must work in the same cases and conditions as the Spaniards.

La disposición adicional establece que la Administración General del Estado no solicitará el visado colegial cuando actúe como cliente. La disposición transitoria se refiere a las solicitudes de visado ya presentadas. La disposición derogatoria se refiere a las normas que puedan oponerse a la regulación del visado contenida en el real decreto, incluidas las normas de las corporaciones colegiales. Entre las disposiciones finales se incluye una previsión de que el listado de trabajos sometidos a visado obligatorio pueda actualizarse por cambios que afecten a la valoración de la necesidad y proporcionalidad de esta exigencia, previo informe de las comunidades autónomas.

The additional provision states that the General State Administration will not apply for a collegial visa when acting as a client. The transitional provision refers to the visa applications already submitted. The derogatory provision refers to the rules that may oppose the regulation of the visa contained in the Royal Decree, including the norms of collegial corporations. Final provisions include a provision that the list of works subject to a mandatory visa may be updated by changes that affect the assessment of the necessity and proportionality of this requirement, following a report from the autonomous communities.

En la tramitación de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas, los Colegios profesionales, el Consejo de Consumidores y Usuarios, la Comisión Nacional de Administración Local, la Federación Española de Municipios y Provincias, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa y la Comisión Nacional de la Competencia.

In the processing of this royal decree, the autonomous communities, the Professional Associations, the Council of Consumers and Users, the National Commission for Local Administration, the Spanish Federation of Municipalities and Provinces, the Administrative Contracting Advisory Board and the National Commission Of the Competition.

Este real decreto tiene carácter básico en virtud del artículo 149.1.18ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia para dictar las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas, por referirse al visado, función pública propia de los colegios como corporaciones de derecho público, y en virtud del artículo 149.1.13ª, por la especial trascendencia económica que tiene el uso de este instrumento en el sector de los servicios profesionales.

This royal decree is basic in virtue of Article 149.1.18 of the Spanish Constitution, which attributes to the State the competence to dictate the bases of the legal regime of Public Administrations, to refer to the visa, public function of the schools as corporations of Public right, and by virtue of Article 149.1.13, due to the special economic importance of the use of this instrument in the professional services sector.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo de Estado, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de julio de 2010,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

Este real decreto tiene por objeto desarrollar lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios profesionales, que regula el visado colegial. En particular, establece los trabajos profesionales que deben someterse a visado colegial obligatorio, en aplicación de los criterios de necesidad, por afectar directamente a la integridad física y seguridad de las personas, y proporcionalidad, por resultar el visado el medio de control más proporcionado. Asimismo concreta el régimen jurídico aplicable a los casos de visado obligatorio.

This royal decree aims to develop what is provided in article 13 of Law 2/1974, dated February 13, on Professional Schools, which regulates collegial visas. In particular, it establishes professional work that must be subject to compulsory collegiate visas, in accordance with the criteria of necessity, for directly affecting the physical integrity and safety of persons, and proportionality, since the visa is the most proportionate means of control. It also specifies the legal regime applicable to cases of compulsory visas

Artículo 2. Visados obligatorios.

Es obligatorio obtener el visado colegial únicamente sobre los trabajos profesionales siguientes:

It is compulsory to obtain the collegial visa only on the following professional works:

a) Proyecto de ejecución de edificación. A estos efectos se entenderá por edificación lo previsto en el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación. La obligación de visado alcanza a aquellas obras que requieran proyecto de acuerdo con el artículo 2.2 de dicha ley.

A) Construction execution project. For these purposes, building is what is provided for in article 2.1 of Law 38/1999, of November 5, on building management. The visa obligation reaches those works that require a project in accordance with article 2.2 of said law.

b) Certificado de final de obra de edificación, que incluirá la documentación prevista en el anexo II.3.3 del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. A estos efectos, se entenderá por edificación lo previsto en el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación. La obligación de visado alcanza a aquellas obras que requieran proyecto de acuerdo con el artículo 2.2 de dicha ley.

B) Certificate of completion of building work, which will include the documentation provided in annex II.3.3 of Royal Decree 314/2006, dated March 17, approving the Technical Building Code. For these purposes, building is understood as provided in article 2.1 of Law 38/1999, dated November 5, on building management. The visa obligation reaches those works that require a project in accordance with article 2.2 of said law.

c) Proyecto de ejecución de edificación y certificado final de obra que, en su caso, deban ser aportados en los procedimientos administrativos de legalización de obras de edificación, de acuerdo con la normativa urbanística aplicable.

C) Project of execution of building and final certificate of work that, if necessary, must be provided in the administrative procedures for legalization of building works, in accordance with the applicable urban regulations.

d) Proyecto de demolición de edificaciones que no requiera el uso de explosivos, de acuerdo con lo previsto en la normativa urbanística aplicable.

D) Demolition project of buildings that do not require the use of explosives, in accordance with the provisions of the applicable urban regulations.

e) Proyecto de voladuras especiales previsto en el artículo 151 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado por Real Decreto 863/1985, de 2 de abril.

E) Special blasting project provided for in article 151 of the General Regulation of Basic Standards of Mining Safety, approved by Royal Decree 863/1985, of April 2.

f) Proyectos técnicos de establecimiento, traslado y modificación sustancial de una fábrica de explosivos, previstos, respectivamente, en los artículos 33, 34 y 35 del Reglamento de explosivos, aprobado por Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero.

F) Technical projects for the establishment, transfer and substantial modification of an explosives factory, provided for respectively in articles 33, 34 and 35 of the Explosives Regulation, approved by Royal Decree 230/1998 of 16 February.

g) Proyectos técnicos de instalación y modificación sustancial de depósitos comerciales y de consumo de materias explosivas, previstos, respectivamente, en los artículos 155 y 156 del Reglamento de explosivos, aprobado por Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero.

G) Technical projects for the installation and substantial modification of commercial deposits and consumption of explosive materials, respectively provided for in Articles 155 and 156 of the Explosives Regulation, approved by Royal Decree 230/1998 of 16 February.

h) Proyectos de establecimiento de talleres de cartuchería y pirotécnica y de depósitos no integrados en ellos, previstos en los artículos 25, 29, 69, 70 y 71 del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

(H) Projects for the establishment of cartridge and pyrotechnic workshops and depots not included therein, provided for in articles 25, 29, 69, 70 and 71 of the Regulations for pyrotechnic articles and cartridges, approved by Royal Decree 563/2010 of 7 Of May, which approves the Regulation of pyrotechnic articles and cartridges.

i) Proyectos de aprovechamientos de recursos mineros de las secciones C) y D), previstos en los artículos 85 y 89 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto.

I) Projects for the exploitation of mineral resources of sections C) and D), provided for in articles 85 and 89 of the General Regulation for the Mining Regime, approved by Royal Decree 2857/1978, of August 25.

Artículo 3. Visado de trabajos con proyectos parciales

Article 3. Visitation of works with partial projects

Para cumplir la obligación prevista en el artículo 2 bastará con que los trabajos profesionales recogidos en el mencionado artículo, aunque se desarrollen o completen mediante proyectos parciales y otros documentos técnicos, estén visados una sola vez y por un solo colegio profesional, que deberá ser el competente en la materia principal del trabajo de acuerdo con lo previsto en el artículo 5, sin que sea necesario el visado parcial de los documentos que formen parte de ellos.

In order to fulfill the obligation set forth in article 2, it will suffice that the professional works included in the said article, even if they are developed or supplemented by partial projects and other technical documents, are subject only once and by a single professional college, which must be the Competent in the main subject of the work in accordance with the provisions of article 5, without the need for partial approval of the documents that form part of them.

Artículo 4. Excepciones a los casos de visado obligatorio

Article 4. Exceptions to cases of compulsory visas

1. Cuando en aplicación de la normativa sobre contratación pública, alguno de los trabajos previstos en el artículo 2 sea objeto de informe de la oficina de supervisión de proyectos, u órgano equivalente, de la Administración Pública competente, no será necesaria la previa obtención del visado colegial. Dicho informe bastará a efectos del cumplimiento de la obligación de obtención del visado colegial.

1. When, pursuant to the rules on public procurement, any of the work referred to in Article 2 is the subject of a report by the project supervision office or equivalent body of the competent Public Administration, prior College visa Said report will suffice for the purpose of fulfilling the obligation to obtain the collegial visa.

2. Asimismo, las Administraciones Públicas contratantes podrán eximir de la obligación de visado a los trabajos objeto de un contrato del sector público que no se encuentren en el supuesto del apartado anterior, cuando a través de sus procesos de contratación, de conformidad con las normas que los regulan, realicen la comprobación de la identidad y habilitación profesional del autor del trabajo y de la corrección e integridad formal de la documentación del trabajo profesional de acuerdo con la normativa aplicable.

2. In addition, contracting Public Administrations may exempt from the visa obligation the works that are the subject of a public sector contract that are not in the case of the previous section, when, through their contracting processes, in accordance with the norms That regulate them, verify the identity and professional qualification of the author of the work and of the correction and formal integrity of the professional work documentation in accordance with the applicable regulations.

Artículo 5. Colegio profesional competente para visar los trabajos profesionales

Article 5. Professional association competent to look at professional work.

1. Para la obtención del visado colegial obligatorio de conformidad con lo previsto en el artículo 2, el profesional firmante del trabajo se dirigirá al colegio profesional competente en la materia principal del trabajo profesional, que será la que ejerza el profesional responsable del conjunto del trabajo. Cuando haya varios colegios profesionales competentes en la materia, el profesional podrá obtener el visado en cualquiera de ellos.

A estos efectos, se entiende que en los certificados finales de obra de edificación mencionados en las letras b) y c) del artículo 2, la materia principal comprende la dirección de obra y la dirección de ejecución de obra, por lo que bastará el visado de un colegio profesional competente en cualquiera de estas materias.

1. In order to obtain a compulsory collegial visa in accordance with the provisions of article 2, the professional signatory of the work will address the professional college competent in the main subject of professional work, which will be carried out by the professional responsible for the whole work . When there are several professional colleges competent in the matter, the professional can obtain the visa in any of them.

For these purposes, it is understood that in the final certificates of building works mentioned in letters b) and c) of article 2, the main subject comprises the direction of work and the direction of execution of work, reason why the visa of A professional school competent in any of these matters.

2. Cuando una organización colegial se estructure en colegios profesionales de ámbito inferior al nacional, el profesional firmante del trabajo cuyo visado sea obligatorio podrá obtener el visado en cualquiera de ellos. Cuando el profesional solicite el visado en un colegio distinto al de adscripción, los Colegios podrán utilizar los oportunos mecanismos de comunicación y los sistemas de cooperación administrativa previstos en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre colegios profesionales.

2. When a collegiate organization is structured in professional colleges of less than national scope, the professional who signs the work whose visa is compulsory may obtain the visa in any of them. When professionals apply for a visa in a school other than that of secondment, the Colleges may use the appropriate communication mechanisms and systems of administrative cooperation provided for in Law 2/1974 of 13 February on professional colleges.

Artículo 6. Ejercicio de la función de visado por los colegios profesionales

Article 6. Exercise of the function of visa by professional associations.

1. La función de visar trabajos profesionales, cuando sean obligatorios, será ejercida directamente por el colegio profesional bajo su responsabilidad.

1. The function of seeking professional work, when required, shall be exercised directly by the professional body under its responsibility.

2. Cuando un trabajo profesional esté sometido a visado obligatorio, éste deberá obtenerse antes de presentarlo, en su caso, ante la Administración Pública competente. En ningún caso será posible el visado posterior a esa presentación.

2. When a professional work is subject to a compulsory visa, it must be obtained before presenting it, if appropriate, to the competent Public Administration. In no case will the visa after that presentation be possible.

3. Únicamente podrá denegarse el visado obligatorio por razón de no estar colegiado cuando, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios profesionales, la colegiación sea obligatoria para la realización de ese trabajo profesional.

3. A compulsory visa may only be denied on the grounds that it is not a collegiate if, in accordance with article 3.2 of Law 2/1974 of 13 February, on Professional Associations, membership is obligatory for the accomplishment of that professional work.

Artículo 7. Libre prestación de servicios de profesionales comunitarios.

1. Los profesionales establecidos en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea deberán visar sus trabajos profesionales, cuando presten servicios en España en régimen de libre prestación sin establecimiento, en los mismos términos que los profesionales españoles, de acuerdo con lo previsto en este real decreto.

1. Professionals established in any other Member State of the European Union must apply for their professional work, when they provide services in Spain on a free-benefit basis without establishment, in the same terms as the Spanish professionals, in accordance with the provisions of this Real decree.

2. Cuando la realización del trabajo profesional esté sometida a visado obligatorio, bastará, a efectos de acreditación de la identidad y habilitación del autor del trabajo que debe realizar el colegio para visar, la comunicación que el profesional haya realizado con motivo de su desplazamiento, de acuerdo con lo previsto en la normativa sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales.

2. When the performance of the professional work is subject to a mandatory visa, it will suffice, for the purposes of accreditation of the identity and authorization of the author of the work that must be done by the college to aim, the communication that the professional has made on the occasion of their displacement, In accordance with the provisions of the regulations on the recognition of professional qualifications.

Disposición adicional única. Regla aplicable a la Administración General del Estado sobre visados no obligatorios

Single additional provision. Rule applicable to the General Administration of the State on non-compulsory visas.

Para los trabajos profesionales distintos de los previstos en el artículo 2 que formen parte del objeto de un contrato con la Administración General del Estado, los órganos de contratación de la misma no exigirán el visado colegial. No obstante, por Acuerdo de Consejo de Ministros podrán preverse excepciones a esta regla por razones debidamente justificadas, de acuerdo con los principios de necesidad y proporcionalidad.

For professional works other than those provided for in Article 2 that form part of the subject of a contract with the General State Administration, the contracting bodies of the same shall not require a collegial visa. However, by agreement of the Council of Ministers, exceptions to this rule may be for reasons duly justified, in accordance with the principles of necessity and proportionality.

Disposición transitoria única. Visados solicitados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto

Single transitional arrangement. Visas requested prior to the entry into force of this royal decree.

Los trabajos profesionales para los que, antes de la entrada en vigor de este real decreto, se haya presentado formalmente la solicitud de visado ante el Colegio Profesional competente, se regirán por la normativa vigente en el momento de presentación de dicha solicitud.

Professional works for which, prior to the entry into force of this Royal Decree, the application for a visa has been formally submitted to the competent Professional Association, will be governed by the regulations in force at the time of submission of such application.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa

Single derogatory provision. Normative repeal.

1. Quedan derogadas cuantas disposiciones incluidas en normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto y, en particular, las que establezcan, de cualquier forma, la exigencia de un visado colegial obligatorio sobre trabajos profesionales distintos de los referidos en el artículo 2 de este real decreto.

1. All provisions included in standards of equal or lower rank that are contrary to the provisions of this Royal Decree and in particular those that establish, in any way, the requirement of a compulsory collegial visa for professional work other than those referred to In article 2 of this royal decree.

2. Asimismo, quedan derogadas las disposiciones relativas al visado incluidas en los estatutos de corporaciones colegiales y demás normas internas colegiales, en aquello en que se opongan a lo dispuesto en este real decreto.

2. Likewise, the provisions on visas included in the statutes of collegiate corporations and other collegiate internal rules, in which they oppose the provisions of this royal decree, are hereby repealed.

Disposición final primera. Título competencial

Final disposition first. Competence title.

Este real decreto se dicta al amparo de los artículos 149.1.18ª y 149.1.13ª de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva, para dictar las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y para establecer las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

This Royal Decree is issued under Articles 149.1.18 and 149.1.13 of the Constitution, which give the State exclusive competence to dictate the basis of the legal regime of public administrations and to establish the bases and coordination of planning General economic activity.

Disposición final segunda. Estudio sobre la vigencia de la necesidad y proporcionalidad de las exigencias de visado colegial obligatorio

Second final provision. Study on the validity of the necessity and proportionality of the compulsory collegial visa requirements.

El Ministerio de Economía y Hacienda presentará a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, antes de que se cumplan los tres años de entrada en vigor de este real decreto, un estudio sobre la conveniencia de actualizar la relación de trabajos profesionales sometidos a visado obligatorio contenida en el artículo 2. Para ello, deberá valorar si se han producido cambios en las circunstancias técnicas y organizativas que aconsejen modificar la apreciación de la concurrencia de los criterios legales de necesidad y proporcionalidad. Para realizar esa valoración contará con la colaboración de los Ministerios competentes en las materias correspondientes y consultará preceptivamente a las comunidades autónomas, que podrán realizar cuantas aportaciones y sugerencias consideren oportunas. Asimismo, recabará las consideraciones que puedan realizar los colegios profesionales.

The Ministry of Economy and Finance will submit a study to the Delegate Committee of the Government for Economic Affairs before the three years of entry into force of this Royal Decree on the advisability of updating the list of professional works subject to compulsory visas Contained in article 2. To this end, it must assess whether there have been changes in the technical and organizational circumstances that would alter the assessment of the concurrence of the legal criteria of necessity and proportionality. In order to carry out this assessment, it will count on the collaboration of the competent Ministries in the corresponding subjects and will consult the autonomous communities, who may make any contributions and suggestions they deem appropriate. Likewise, it will collect the considerations that can make professional colleges.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día 1 de octubre de 2010.

Dado en Madrid, el 5 de agosto de 2010.

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